Destacados de la semana

LEYES Y PROYECTOS LEY

Proyecto de Ley, 16/02/2023. Marco general pare el desarrollo de actividades de alojamiento turístico.

El alojamiento turístico es una de las actividades másrelevantes para el turismo. El objeto de la presente Ley es la del alojamiento en viviendas con fines turísticos, así como la administración o explotación de las mismas porsus propietarios o terceros administradores. Se denominarán “viviendas de uso turístico”, siendo empresas extra-hoteleras, entendiéndose por tales todas aquellas que presten servicios similares a los alojamientos hoteleros registrados, sus titulares o quienes las exploten o administren. Se definen y establecen los tipos de viviendas de uso turístico. Exclusiones. Registro e Incripción en el Ministerio de Turismo. Obligaciones y derechos del titular de la vivienda de uso turístico. Inspección y contralor a través del Ministerio de Turismo. Reglamentación: el P.E. reglamentará la presente ley en un plazo de un año, a partir de su promulgación.

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Proyecto de Ley, de 02/03/2023. Rebaja impositiva. Cambios normativos en el IRPF e IASS.

Dicha rebaja impositiva estará concentrada en dos aspectos: por un lado, busca aumentar el ingreso real disponible de las personas y, por otro lado, tiene como objetivo profundizar el apoyo a las micro y pequeñas empresas. La rebaja tributaria aquí presentada es compatible tanto con la regla fiscal como con un incremento del gasto primario estructural en áreas prioritarias. Este proyecto de ley propone un importante primer paso de aumento en las deducciones, con el foco principal en los trabajadores contribuyentes de IRPF de menores ingresos y con hijos a cargo, reduciendo así la carga tributaria para dichos trabajadores. Asimismo, permite reducir la carga tributaria de los contribuyentes del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) y de las micro y pequeñas empresas. En lo que respecta al IRPF, el objetivo está en aumentar la base de deducciones admitidas, así como el crédito por arrendamiento de inmuebles, de forma tal de otorgarle cierto alivio tributario a la clase media. Asimismo, proporcionalmente, se busca beneficiar más a los contribuyentes de menores ingresos y a quienes tienen más hijos. Para el caso del IASS, se aumenta el Mínimo No Imponible a 108 BPC.

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Proyecto de Ley, de 08/03/2023. Contribuyentes de actividades agropecuarias. Exoneración de pago anticipos IRAE e IP.

El Poder Ejecutivo remitió al Parlamento un proyecto de ley por el cual se exonera a los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (por sus actividades agropecuarias) y del Impuesto al Patrimonio (por su patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias), de los pagos a cuenta de los referidos impuestos -y de la sobretasa del Impuesto al Patrimonio- correspondientes a las obligaciones devengadas entre el 1º de enero de 2023 y el 30 de junio de 2023.

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DECRETOS

Decreto Nº 71/023, de 08/03/2023. Modifica art. 64, del Decreto Nº 150/007 (en la redacción dada por Decreto Nº 65/023). Ajusta la escala.

Sustituye el “inciso tercero” del Decreto referido, relativo al régimen de estimación ficta del IRAE y sus escalas progresionales. Ajusta la escala para determinar las Rentas Brutas.
Queda establecida de la siguiente forma: 1) Hasta 1.000.000 UI= 12%; 2) de 1.000.000 a 2.000.000 UI= 14%; 3) de 2.000.000 a 3.000.000 UI= 48%; 4) mayor de 3.000.000 UI= 60%. Publicado en D.O. de 14/03/2023. Fuente: Página web Presidencia.

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BCU

Circular Nº2.425, de 13/03/2023. MERCADO DE VALORES. Valores de Oferta Pública. Modificación en la forma de presentación de información (artículos 11, 108.1 y 113 de la Recopilación de Normas del Mercado de Valores.

Inscripción de “valores de oferta pública”. Se sustituye el Art. 11: Información posterior a la inscripción. Una vez inscripto el valor, el emisor contará con un plazo de 60 (sesenta) días corridos para realizar la correspondiente emisión y deberá presentarse determinada información, la cual se establece. Se sustituye Art. 108.1: Modificaciones al contrato de fideicomiso.También Se modifica Art. 113: Información posterior a la emisión. Una vez inscriptos los valores a ser emitidos, el fiduciario contará con un plazo de 60 (sesenta) días corridos para realizar la correspondiente emisión y para informar y presentar determinada información. Se establece la forma y modalidades de presentarla. Publicada D.O. de 15/03/203. Fuente: Página web BCU.

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ECONOMÍA Y FINANZAS

INE:Boletín Técnico. Actividad, empleo y desempleo, enero 2023.

En enero del 2023, para el total país,según Cuadro 1: la tasa de actividad se situó en 62,9%; la tasa de empleo en 57,5%y latasa de desempleo en 8,5%.
Según Cuadro 2: Total de personas por condición, total país: Totales en miles: 1) activos= 1.833,8; 2) ocupados= 1.677,1; 3) desocupados= 156,7.
Adicionalmente, también se presentan gráficos sobre la evolución de las tasas de actividad, empleo y desempleo mensual, para el total país, desde enero 2006. Publicado por INE el 28/02/2023. Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico. IPC febrero 2023.

Se ubicó en forma anualizada al final de febrero en 7,55%. Presenta un índice general = 102,02; el Índice de Precios del Consumidor (IPC) tuvo una variación mensual de 1% en febrero y acumuló 2,57% en los dos primeros meses de 2023.
En la comparación interanual con febrero de 2022, la inflación se desaceleró, ya que el año 2022 había cerrado en 8,84%. Lo mismo ocurrió en el acumulado de los dos primeros meses.
Publicado por el INE el 03/03/2023. Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico. Inflación subyacente, febrero 2023.

En el siguiente informe, se presentan las estimaciones del Índice de Precios del Consumidor excluyendoFrutas y verduras frescas, y combustibles (IPC-CE) para febrero 2023, con el período base en octubre 2022.Principales resultados: El IPC con exclusiones de febrero 2023es 101,53y registró una variación mensual de 0,48%.

El Índice de Precios del Consumo que excluye frutas y verduras frescas, y combustibles (IPC-CE),pretende aproximarse al concepto de inflación tendencial, y por lo tanto ser una mejor aproximación de la inflación de largo plazo. De esta manera, y siguiendo las prácticas de otras oficinas estadísticas, el INE reportará de ahora en más esta medida que se publicará junto al IPC. Este indicador tiene por objetivo ser complementario al tradicional y no sustituto, ya que es menos susceptible a eventos que pueden generar grandes fluctuaciones, en general reversibles, en los precios de algunos artículos.
Es común que las oficinas estadísticas produzcan este tipo de indicadores y existen distintas maneras deconstruirlos. En el caso de Estados Unidos, el Reino Unido, o la Unión Europea la metodología empleada coincide con la del INE ya que los productos considerados más volátiles son excluidos de forma permanente de la canasta. Publicado por el INE el 03/03/2023. Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico. Encuesta de Expectativas Empresariales (EEE), febrero 2023.

En febrero de 2023, la mediana de la inflación esperada por los empresarios se sitúa en 8,5%para el año 2023, es 8,5% para el año móvil cerradoen enero de 2024 y de 8,0% para el año móvilcerrado en enero de 2025. Para el mismo lapso, los valores respectivos de la media son: 8,6%; 8,6% y 8,4%.
Evolución esperada de los costos operativos: la mediana de la variación esperada de los costos operativos de las empresas es de: 9,0%, 9,0%y 8,7%, respectivamente. En cambio, para el mismo lapso, los valores de la media, respectivamente son: 9,2%, 9,1% y 8,9%. Publicado por el INE el 07/03/2023. Fuente: Página web INE.

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CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

IASB: Actualización febrero 2023.

Esta Actualización del IASB destaca las decisiones preliminares del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Los proyectos afectados por estas decisiones se pueden encontrar en el plan de trabajo. Las decisiones finales de IASB sobre las Normas de Contabilidad IFRS las Modificaciones y las Interpretaciones IFRIC se votan formalmente como se establece en el Manual del debido proceso de la Fundación IFRS.
Contenido: 1)Investigación y establecimiento de normas: Gestión dinámica de riesgos; Instrumentos financieros con características de capital; Actividades con tarifas reguladas;
Combinaciones de negocios—Información a revelar, plusvalía y deterioro. Revisión posterior a la implementación de la NIIF 9-Deterioro del valor.

2) Mantenimiento y aplicación consistente: Mantenimiento y aplicación consistente; Acuerdos financieros de proveedores: transición, fecha de entrada en vigencia y debido proceso; falta de intercambiabilidad (Modificaciones propuestas a la NIC 21): debido proceso, fecha de vigencia y otros asuntos; Contabilidad de cobertura por parte de una

entidad que adopta por primera vez (NIIF1) ¬-Mejora anual potencial; Precio de transacción (NIIF 9)—Mejora anual potencial; y otros puntos de interés técnico. Publicada el 23/02/2023. Fuente: Página web IFRS.

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KPMG-MONITOR SEMANAL

KPMG: Monitor Semanal Nº 1018, de 13/03/2023.

1) Devolución del IVA en las adquisiciones de gasoil. El Decreto Nº 60/023, de 27 de febrero 2023, publicado en Diario Oficial el 3 de marzo de 2023, extiende el régimen de devolución del IVA incluido en las adquisiciones de gasoil a las actividades de los productores de leche, arroz, flores, frutas y hortalizas, y otros sectores agropecuarios, que no tributen el IRAE. Se establece el beneficio, período, productores amparados y condiciones. Vigencia: a partir del 1º de marzo 2023.


2)Proyecto de Ley: Regula el alojamiento de viviendas confines turísticos. El 16 de febrero de 2023 se presentó al Parlamento un proyecto de ley que tiene como principal objetivo la regulación del alojamiento en viviendas con fines turísticos, y la administración o explotación de estas por parte de los propietarios o terceros administradores. Se establece el alcance, definiciones y modalidades aplicables.

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Fuente: Fuente: KPMG: Departamento Asesoramiento Legal y Tributario.

ERNST & YOUNG (URUGUAY)

EY (Uruguay): Nuevo impulso fiscal a la tecnología de la información.

Uruguay ha intentado, a través de varias normas, ser un país atractivo desde el punto de vista fiscal para incentivar la radicación de extranjeros en Uruguay. Comenzó en el año 2020, con la extensión a diez años, en lugar de cinco, del “tax holiday” para rentas pasivas de capital que obtengan los no residentes que hayan verificado la residencia fiscal. Siguiendo esta línea, se ha publicado recientemente un proyecto de Ley por el cual se busca fomentar la radicación de técnicos y profesionales del sector de las tecnologías informáticas (TI) en Uruguay.


Dichos técnicos, como consecuencia de contratos de trabajo en relación de dependencia a ejecutarse en territorio nacional y a celebrar con empresas con actividad regular y permanente en la República, podrán optar, con relación a las rentas de trabajo, por tributar el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) y no beneficiarse del sistema previsional vigente, siempre que se cumplan simultáneamente determinadas condiciones. La opción deberá efectuarse al inicio de la primera vinculación laboral al amparo del régimen dispuesto en el presente proyecto de Ley. Asimismo, la opción podrá realizarse por única vez y será de aplicación para el año civil en que se verifique la misma, y durante los cuatro años siguientes.

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Fuente: EY (Uruguay). Documento elaborado por Cra. Emiliana Beati. Febrero 2023.

RESOLUCIONES DGI

Resolución Nº 488/2023, de 13/03/2023.

Se establecen los términos y condiciones en los que aplicarán las disposiciones establecidas por la Ley Nº 20.095 de 25 de noviembre de 2022 y del Decreto Nº 395/022
de 14 de diciembre de 2022. Declaraciones juradas a presentar. Publicada D.O. de 15/03/2023. Fuente: Página web DGI.

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