El Acuerdo MERCOSUR de Coproducción Cinematográfica y Audiovisual, es un instrumento que nace en el marco de la Reunión Especializada de Autoridades Cinematográficas y Audiovisuales del MERCOSUR (RECAM), órgano consultivo en asuntos cinematográficos y audiovisuales compuesto por las máximas autoridades gubernamentales nacionales en esta área; suscrito en Asunción, República del Paraguay el 7 de julio de 2024.
El objetivo específico de este Acuerdo es contribuir de manera efectiva al desarrollo de la comunidad cinematográfica y audiovisual de los Estados Miembros, recogiendo elementos de otros Acuerdos multilaterales vigentes, adaptándose al ámbito concreto del MERCOSUR y ampliando los conceptos para abarcar la aplicación de nuevas tecnologías y diversidad de manifestaciones artísticas que caracterizan a la región. En tal sentido este Acuerdo establece las condiciones en las cuales las obras cinematográficas y audiovisuales serán consideradas nacionales por las autoridades competentes de cada país coproductor, otorgando derechos a los productores del país que concede las ventajas e incentivos gubernamentales.
El Acuerdo consta de un preámbulo, 19 artículos y un anexo denominado “Normas de Procedimiento”.
El Artículo 1 establece el objetivo del Acuerdo, el cual consiste en establecer las condiciones en las cuales las obras cinematográficas y audiovisuales serán reconocidas como nacionales cuando sean realizadas bajo régimen de coproducción entre los Estados Partes, contribuyendo a la integración regional en la producción audiovisual.
El Artículo 2 alude a las definiciones de conceptos utilizados en el Acuerdo, tales como “Contratos de coproducción”, Coproducción”, “Coproductor”, “Obra Cinematográfica y/o audiovisual MERCOSUR”, “Personal creativo”, “Productor” y “Técnico calificado”.
Como fue mencionado, el “Anexo” establece las normas de procedimiento para la aplicación del Acuerdo. En atención a lo expuesto y destacando la conveniencia para la República de suscribir Acuerdos sobre esta materia, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria. Fuente: Página web Presidencia.