Implementación del Acuerdo de París entre la República Oriental del Uruguay y la Confederación Suiza», suscrito en la ciudad de Montevideo, el 12 de diciembre de 2022.
Reafirmando el compromiso de garantizar la transparencia y evitar la doble contabilización, proteger el medio ambiente y promover el desarrollo sostenible, incluido el respeto a los derechos humanos.
Reconociendo que la actual contribución determinada a nivel nacional de la Confederación Suiza en virtud del Acuerdo de París incluye el uso de resultados de mitigación transferidos internacionalmente.
La República Oriental del Uruguay considera vender reducciones de emisiones siempre que ello no sea un obstáculo para el cumplimiento de su contribución determinada a nivel nacional. Cada Parte puede asumir el rol de Transferente o Receptor en virtud de este Acuerdo.
Objetivo del Acuerdo: El objetivo de este Acuerdo es establecer el marco jurídico para las transferencias de Resultados de Mitigación para su uso hacia el cumplimiento de las NDC u otros fines de mitigación. En este sentido, ambas Partes promoverán el desarrollo sostenible y garantizarán la integridad ambiental y la transparencia, incluyendo la gobernanza, y una contabilidad sólida, evitando la doble contabilización. Publicado D.O. de 02/10/2023. Fuente: Página web Presidencia.