Se aprueba el «Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos de América para el Intercambio de Información en Materia Tributaria». Este acuerdo, firmado el 24 de octubre de 2023 en Montevideo, tiene como objetivo facilitar el intercambio de información relevante para la administración y aplicación de las leyes tributarias de ambos países.
Entre los aspectos clave del acuerdo se destacan:
Impuestos comprendidos: En EE.UU., se incluyen los impuestos federales sobre la renta, empleo, sucesiones y donaciones, consumo, entre otros. En Uruguay, se abarcan el Impuesto a la Renta de Actividades Económicas, Personas Físicas, No Residentes, Seguridad Social, Patrimonio, IVA, y cualquier otro impuesto nacional.
Intercambio de información: Se contempla tanto el intercambio de información previa solicitud como el intercambio automático y espontáneo. La información puede incluir datos sobre personas, empresas, y propiedad de activos, siempre bajo criterios de confidencialidad.
Jurisdicción: Cada país proporcionará la información que esté bajo su control o jurisdicción territorial, independientemente de la residencia o nacionalidad de la persona involucrada.
Confidencialidad: La información intercambiada será tratada como confidencial y sólo será divulgada a las autoridades competentes para fines tributarios o judiciales. Su uso para otros fines requerirá consentimiento expreso de la parte que la proporcionó.
Este acuerdo fortalece la cooperación entre ambos países para combatir la evasión fiscal y mejorar la transparencia tributaria, contribuyendo al cumplimiento de sus obligaciones fiscales a nivel internacional. Fuente: Página web IMPO.