Site Loader

I) Nuevos ítems arancelarios se incorporan al régimen de devolución de tributos a las exportaciones.
A los efectos de incentivar las exportaciones de bienes producidos en nuestro país hace más de 20 años se consagró un régimen de devolución de tributos. Este beneficio resulta aplicable a aquellos contribuyentes exportadores cuyos productos estén comprendidos dentro de los listados incluidos en los decretos que a tales efectos dicta el Poder Ejecutivo, ya que se trata de una nómina taxativa de productos beneficiarios del régimen. En caso de que determinado producto no se encuentre dentro de estos listados se podrá realizar una petición al Ministerio de Economía y Finanzas para que considere su agregación. El beneficio al que hacemos referencia consiste en el reintegro al exportador de una parte de los impuestos que conforman el costo de los bienes exportados. El porcentaje de reintegro se aplica sobre el valor en aduana de los referidos bienes.
Recientes decretos incluyen nuevos productos a la nómina. Como mencionamos, el Poder Ejecutivo se ha ido encargando de incluir nuevos productos dentro del listado de aquellos comprendidos en el régimen de devolución de tributos, junto con sus respectivas tasas de devolución.
II) Proyecto de ley sobre inteligencia artificial.
El pasado 17 de agosto de 2023 se presentó al Parlamento un Proyecto de Ley para regular el uso de la inteligencia artificial (en adelante IA). Este tema ha cobrado gran importancia en los últimos tiempos y su regulación no debe limitarse al ámbito nacional, sino que se requerirá cooperación internacional. La IA ha demostrado una variedad de usos que potencian y mejoran la eficiencia y la resolución de problemas a nivel individual, pero también se vieron grandes avances en diversos sectores, como la salud, la educación, la industria, el transporte y muchos otros. El proyecto brinda una definición de lo que se debe entender por “sistema de inteligencia artificial”, al que definió como “cualquier sistema o aplicación que utiliza algoritmos y técnicas de aprendizaje automático para realizar tareas que normalmente requieren inteligencia humana, para un conjunto determinado de objetivos definidos por seres humanos, como contenidos, predicciones, recomendaciones o decisiones que influyan en los entornos con los que interactúa”. Objetivo: El proyecto tiene por cometido garantizar un desarrollo tecnológico seguro, ético, transparente y responsable, que beneficie a la sociedad en su conjunto.
Ámbito de aplicación. De aprobarse el proyecto con su redacción actual, la ley se aplicaría a:
a) Quienes introduzcan en el mercado o pongan en servicio sistemas (dentro o fuera del territorio nacional. b) Los usuarios de sistemas de IA que se encuentren en el territorio nacional.
c) Proveedores y usuarios de sistemas de IA que se encuentren en un tercer país, cuando la información tenga una aplicación sobre quienes introduzcan en el mercado o pongan en servicio sistemas que se utilicen en el territorio nacional.
Garantía: Los proveedores deberán garantizar que las personas físicas que interactúen con sistemas de IA estén informadas de que están interactuando con un sistema de IA.