I) Se aprobó una ley que fomenta la radicación de profesionales de las tecnologías de la información.
El crecimiento en el área de las tecnologías en la información demanda una mayor cantidad de mano de obra especializada que no se encuentra fácilmente en nuestro país. La nueva ley tiene como objetivo captar “talentos” del sector ubicados en el exterior ofreciéndoles determinados beneficios tributarios para fomentar su radicación en Uruguay.
Beneficios tributarios: A) Uno de los beneficios otorgados por la nueva ley consiste en la posibilidad de optar por tributar el Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR) por las rentas de trabajo obtenidas en relación de dependencia en vez de tributar el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que es el impuesto con vocación de aplicar a quienes residen en Uruguay. La opción constituye un beneficio porque la aplicación de una tasa fija del 12% (IRNR) resulta en el caso de sueldos relativamente altos en una imposición menor que aquella que deriva de aplicar las tasas progresivas de 0 al 36% del IRPF. B) Otro de los beneficios tributarios de la nueva ley es la opción que le confiere a quienes se radiquen a trabajar en la industria de las tecnologías de la información de no ampararse en el sistema previsional uruguayo. Condiciones para optar por este nuevo régimen. A efectos de ampararse a los aludidos beneficios tributarios los trabajadores nacionales o extranjeros que pasen a residir en el país deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1) No haber verificado la residencia fiscal en Uruguay en el lapso de los últimos cinco ejercicios fiscales previos a la radicación en nuestro país. 2) Desarrollar la actividad a tiempo completo en el territorio nacional, lo que implica contar con presencia física efectiva en Uruguay durante al menos dos tercios de los días del año civil. 3) Manifestar su voluntad por escrito respecto a la opción de no ampararse al régimen previsional uruguayo. 4) Obtener la totalidad de las rentas de trabajo en territorio nacional, exclusivamente en relación de dependencia.
II) Se proponen cambios en materia de patentes.
El 25 de julio de 2023, se presentó al Parlamento un proyecto de ley que tiene como objetivo que nuestro país adhiera al tratado de cooperación en materia de patentes (en adelante PCT), suscrito en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado en 1979 y modificado en 1984 y 2001. El PCT busca fomentar el progreso y la investigación tecnológica, y proteger eficazmente las invenciones, estableciendo un procedimiento simplificado de solicitud de patentes, válido para múltiples jurisdicciones. Actualmente, en Uruguay rige un sistema de registro de patentes de alcance territorial, que supone que cada patente sea presentada en cada jurisdicción relevante. Este procedimiento supone que cada solicitante deba utilizar el sistema del derecho de prioridad (regulado en el Convenio de París), que otorga solo 12 meses para evaluar las jurisdicciones relevantes. Frente a este panorama es que se plantea la adhesión al tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), que permite simplificar los procesos, facilitando por lo menos un paso en las oficinas locales de cada país, al realizar una búsqueda internacional sobre si una potencial invención ya ha sido registrada o utilizada.
A grandes rasgos, el PCT establece un proceso en dos etapas: una internacional y una nacional. Cada una de ellas plantea diversos requisitos a cumplir.