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Dicha Resolución establece en su artículo 1º que, a los efectos de acreditar el pago efectivo de impuestos en el exterior a que refiere el artículo 169 Bis del Decreto N° 150/007 de 26 de abril
de 2007, serán de aplicación las disposiciones de la Resolución N°1815/2013 de 26 de junio de 2013. Publicada D.O. de 12/05/2023. Fuente: Página web DGI.