Un escribano consulta sobre cómo calcular el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por incremento patrimonial en la venta de una unidad de propiedad horizontal (PH).
Esta Comisión de Consultas se expidió en Consulta N° 5.340 de 19.08.010 (Bol. N° 447), considerando que: «(…) para determinar el porcentaje del valor del terreno que corresponde a cada unidad de propiedad horizontal, se deberán utilizar criterios técnicamente aceptables y pasibles de comprobación por parte de esta Oficina”.
En definitiva, en este caso el enajenante deberá considerar como costo fiscal del bien únicamente el monto de las mejoras debidamente documentadas, conforme a lo dispuesto por el artículo 26 del Decreto N° 148/007 de 26.04.007.
Publicación web 15/08/2023. Fuente: Página web DGI.