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Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de febrero de 2024, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.717,20 (pesos uruguayos mil setecientos diecisiete con 20/100).
Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de febrero de 2024 en $ 1.665,96 (pesos uruguayos mil seiscientos sesenta y cinco con 96/100).
El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de marzo de 2024 es de 1,0471 (uno con cuatrocientos setenta y uno diezmilésimos).
Publicado D.O. de 15/04/2024. Fuente: Página web Presidencia.