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Se incorpora inciso tercero, al artículo 64, Decreto N° 150/007. Se entiende necesario realizar ajustes al régimen de “estimación ficta del IRAE”, correspondiente a las Rentas obtenidas por “combinación de Capital y Trabajo” para dotarlo de mayor “progresionalidad”. Se establece una nueva “escala de montos y alícuotas aplicables” para ejercicios iniciados a partir del 01/01/2023. Se sustituye el Art. 2º, Decreto Nº 419/022, estableciendo una “nueva escala de montos mensuales a pagar” a que refiere el Art. 93, Tít. 4, TO96. Publicado D.O. de 03/03/2023. Fuente: Página web Presidencia.