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Fíjase en $ 5.380 (pesos uruguayos cinco mil trescientos ochenta) para el año 2024, el monto del pago mensual a que refiere el inciso primero del art. 106 del Decreto 220/998, de fecha 12 de agosto de 1998; y Fíjanse para el año 2024, los montos que se determinan para los pagos mensuales a que refiere el art. 93 del Título 4 del Texto Ordenado 1996.
Dicha escala de valores establece en $ 6.220 (pesos uruguayos seis mil doscientos veinte) el correspondiente al “primer tramo de la escala citada”. El último valor de la escala corresponde a Ingresos que superen las veinticuatro veces el referido límite y se establece en $ 17.530 (pesos uruguayos diecisiete mil quinientos treinta). Publicado D.O. de 27/12/2023. Fuente: Página web Presidencia.