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Se establecen diversas modificaciones al Decreto N° 346/009, de 3 de agosto de 2009 (y modificativos); respecto a las actividades precitadas y promovidas al amparo del Art. 11, de la Ley Nº 16.906 (Ley de Inversiones), en lo concerniente a “beneficios tributarios” por determinados plazos en proyectos de inversión presentados ante la COMAP. Se modifican disposiciones. Se establecen los requisitos que deben presentar los beneficiarios ante la COMAP dentro de los cuatro (4) meses de cerrado el ejercicio económico. La oficina citada ejercerá el debido contralor de los compromisos asumidos por los beneficiarios. Publicado D.O. de 21/12/2022. Fuente: Página web Presidencia.