El artículo 329 de la Ley N° 19.889 transformó la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado creada por el artículo 81 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 39 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en el Inciso 02 «Presidencia de la República», en la Agencia Reguladora de Compras Estatales, “como órgano desconcentrado”, que funciona con autonomía técnica en el Inciso 02 «Presidencia de la República». “La ARCE está dirigida por un Consejo Ejecutivo de carácter honorario”, integrado por un representante de la Presidencia de la República que lo preside, un representante de la Agencia de Monitoreo y Evaluación de Políticas Públicas, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, un representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, un representante de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) y el Director de la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE). El artículo 1º del presente Decreto aprueba el proyecto de formulación de la estructura organizativa de la Agencia Reguladora de Compras Estatales del Inciso 02 “Presidencia de la República”, que luce en el “Anexo I adjunto” y que se considera parte integrante de este Decreto. Fuente: Página web Presidencia.