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Modifícase el Decreto Nº 234/023, de fecha 31/07/2023, por el que se autorizan a las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva y ASSE, a fijar el valor de la cuota básica de afiliados individuales no vitalicios, afiliados colectivos, tasas moderadoras, los valores de las cuotas salud del FONASA, y el costo promedio equivalente para el Seguro Nacional de Salud.
a) Se autoriza por única vez a partir de la vigencia del presente Decreto un incremento de hasta un 10% (diez por ciento) en las tasas moderadoras y copagos que al 30 de junio de 2023 tuvieran el valor de $ 800 (artículo 1). b) El incremento autorizado para los valores vigentes de tasas moderadoras que, a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, se encuentren entre los $ 660 y los $ 880, no podrá ser superior al que resulte de incrementar en 2,36% (dos con treinta y seis por ciento) los valores vigentes respectivos. Publicado D.O. de 28/09/2023. Fuente: Página web Presidencia.