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Se autoriza la ampliación del tope del procedimiento de compra directa para la URSEC, en el marco de lo dispuesto por el art. 44 del TOCAF.
Se amplía para la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) el tope de compra directa, hasta el establecido por el artículo 44 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF). Publicado D.O. de 08/09/2023. Fuente: Página web Presidencia.