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Extiéndense los beneficios dispuestos en la Ley N° 19.993, de 15 de octubre de 2021, por un plazo de 6 (seis) meses contados a partir del 1º de mayo de 2023, a las empresas que cumplan las condiciones dispuestas en los literales a), b) y c) del artículo 1º de la referida Ley. El citado artículo 1º de la ley referida, exonera el 100% (cien por ciento) de los aportes patronales jubilatorios, que cumplan con las disposiciones referidas en los citados literales.
Adicionalmente, quedarán comprendidos en los beneficios referidos en el inciso anterior y por idéntico plazo, aquellas empresas cuyo domicilio fiscal del local principal se encuentre en un radio máximo de 60(sesenta) kilómetros de un paso de frontera terrestre, con independencia de que se encuentre en un departamento fronterizo con paso de frontera terrestre.
Publicado D.O. de 16/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.