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Sustitúyese el primer inciso del artículo 1º del Decreto N° 398/007, de 29/10/2007, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto N° 116/022, de 11/04/2022, estableciendo que: Se reduce el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de naftas hasta en un 40% (cuarenta por ciento) del precio de venta.
Vigencia: Lo dispuesto en el presente Decreto entrará a regir a partir del 1º de junio de 2023. Publicado D.O. de 16/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.