Visto: la Directiva N° 100/24 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR
Se dispone la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Directiva N° 100/24 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, cuyo texto se anexa como parte integrante del presente Decreto.
MERCOSUR/CCM/DIR. N° 100/24 – ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
Visto: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 49/19 del Grupo Mercado Común.
Aprobar en el marco de la Resolución GMC N° 49/19 la reducción temporaria de la alícuota del Arancel Externo Común solicitada por la República Oriental del Uruguay, para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre nota referencial, límite cuantitativo, Decreto N° 318/024
NCM 3004.90.69 Los demás
Nota Referencial: Medicamento de uso humano para el tratamiento de adultos infectados por el virus de la inmunodeficiencia humana de tipo 1 (VIH-1)
Límite cuantitativo: 50.000 unidades
Plazo: 365 días
Alícuota: 0%
Fuente: Sitio web IMPO.