Site Loader

El Decreto Nº 316/024, promulgado el 26 de noviembre de 2024, establece una nueva regulación para las instituciones de educación terciaria y universitaria privadas en Uruguay, adaptándose a los cambios tecnológicos y a la creciente internacionalización del sector. Esta norma actualiza las disposiciones del Decreto-Ley Nº 15.661 (1984) y de otras legislaciones relacionadas.

Ámbito de Aplicación y Definiciones: regula tanto institutos terciarios no universitarios como universidades privadas. Define las modalidades de educación: presencial, virtual sincrónica y asincrónica. Restringe la modalidad asincrónica a un máximo del 33% de la carga horaria en los programas.

Clasificación de Carreras: se identifican tres niveles de formación terciaria y requisitos específicos para licenciaturas, maestrías y doctorados. Se reconocen microcredenciales y formaciones posdoctorales. Reconocimiento y Autorización:

El Ministerio de Educación y Cultura otorga autorizaciones provisionales y definitivas para funcionar y validar programas académicos.as instituciones extranjeras deben establecer sedes físicas en el país para operar.

Calidad y Transparencia: se enfatiza el aseguramiento de la calidad mediante evaluaciones periódicas y la inclusión de procedimientos internos para la mejora continua. Se prevé la actualización de información institucional cada cinco años.

Innovación y Adaptación: fomenta el uso de inteligencia artificial en procesos de enseñanza y gestión educativa. Introduce un sistema opcional de créditos académicos basado en el esfuerzo estudiantil.

Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada: este órgano asesora al Poder Ejecutivo en la evaluación de instituciones y programas, garantizando imparcialidad técnica.

El decreto busca garantizar una educación terciaria de calidad, alineada con los estándares internacionales, promoviendo la integración de nuevas tecnologías y fortaleciendo los procesos de aprendizaje e investigación. Fuente: Sitio web IMPO.