Visto: la facultad otorgada al Poder Ejecutivo por la Ley N° 17.934, de 26 de diciembre de 2005, de establecer una rebaja del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en un conjunto de operaciones vinculadas al turismo, siempre que la contraprestación se efectúe mediante el uso de ciertos medios de pago electrónicos. Prorrógase hasta el 30 de abril de 2025 lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 318/021, de 22 de septiembre de 2021. Fuente: Página web IMPO.