Se comunica a los gestores de portafolios que, a efectos de dar cumplimiento a la elaboración del Registro de Instrucciones cursadas a intermediarios de valores establecido en el literal d) del artículo 310.16 de la Recopilación de Normas del Mercado de Valores (RNMV), deberán observar las disposiciones que se indican en el archivo. Entrada en vigencia: 1 de enero 2025, A partir de dicha fecha se deja sin efecto lo establecido en la Comunicación N° 2023/187 del 3 de octubre de 2023. Fuente: Sitio web BCU.