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Introduce importantes cambios regulatorios del Sistema de Créditos. El BCU publicó nueva normativa sobre “Empresas que otorgan préstamos y no son Administradoras de Préstamos ni Empresas de Servicios financieros”. Define su alcance. Resuelve la creación de una “Licencia de Entidades Otorgantes de Crédito”.
Se entiende por “Entidades Otorgantes de Crédito” aquellas personas físicas y jurídicas que, sin ser Empresas Administradoras de Crédito ni Empresas de Servicios Financieros, en forma “habitual y profesional otorguen créditos” con recursos propios o con créditos conferidos por determinados terceros”, dice el Artículo 86.3 de la resolución.
Se establece un plazo de 180 días, para el “registro ante el BCU” de las “Entidades Otorgantes de Crédito de mayor actividad” (ver definición y alcance) que estén en funcionamiento. Publicada D.O. de 07/12/2022. Fuente: Página web BCU.