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Servicios Personales: Anticipo Fonasa. Sustituye comunicado 8/2021. Este servicio permite a los titulares de Servicios Personales (no profesionales, profesionales y escribanos) emitir la factura de anticipos de aportes al Fondo Nacional de Salud (Fonasa), así como ampararse al artículo 25 del Decreto. 221/011 y comunicar que dejan de realizar anticipos por alcanzar el tope anual. La información detallada respecto a registración, aportación, codificación, etc., se encuentra disponible en la página www.bps.gub.uy, agrupada bajo Servicios Personales entre los temas de interés para Empresarios. Acceso al servicio: Se accede desde www.bps.gub.uy, a través del servicio Servicios personales: Anticipos Fonasa. Fuente: Página web BPS.