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La Superintendencia de Servicios Financieros del BCU comunica que, en el día de la fecha, ha resuelto poner en conocimiento de las instituciones sujetas a su supervisión y del público en general un proyecto normativo (ir al proyecto) que introduce modificaciones en la reglamentación de la actividad desarrollada por las Empresas Administradoras de Plataformas de Financiamiento Colectivo, así como en la emisión de Valores de Oferta Pública que se realiza a través de las mismas.
Las citadas modificaciones recogen comentarios y propuestas de mejora recibidos con posterioridad a la emisión de la Circular N° 2377, de 28 de diciembre de 2020. En este sentido, se destaca el aumento tanto en los límites de emisión como de inversión en valores emitidos a través de plataformas de financiamiento colectivo, a saber:
Límites de emisión: se incrementan de 10.000.000 UI a 20.000.000 UI los montos en circulación permitidos por emisor en el conjunto de plataformas de financiamiento colectivo. Límite de inversión aplicable a un mismo inversor pequeño: se aumenta de 40.000 UI a 75.000 UI por emisión y de 120.000 UI a 300.000 UI en valores emitidos en una misma plataforma de financiamiento colectivo.
Adicionalmente, se modifica de 1.000.000 UI a 1.500.000 UI el umbral de activos financieros por debajo del cual un inversor es considerado como pequeño. Por otra parte, a partir de los cambios propuestos, los emisores podrán emitir Valores de Oferta Pública en Régimen Simplificado aun teniendo emisiones vigentes en el Régimen General, eliminándose la restricción existente en la materia.
La propuesta prevé también que las Empresas Administradoras de Plataformas de Financiamiento Colectivo no podrán asumir – directa o indirectamente o a través de su personal superior – el carácter de inversores en alguno de los proyectos que ofrezcan en las plataformas que administran por montos superiores al 10 % de cada proyecto. Dicha financiación sólo podrá instrumentarse mediante la emisión de valores representativos de deuda, debiendo hacer pública su participación en su sitio web.
El aporte que las instituciones supervisadas y el público en general brinden a esta propuesta normativa reviste gran importancia para la Superintendencia de Servicios Financieros. Se recibirán los comentarios a través del correo electrónico: ssfproyectonormativoif@bcu.gub.uy indicando en el tema o asunto del correo remitido el proyecto al que refieren los mismos, hasta el 31 de diciembre de 2024. Fuente: Página web BCU.