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Los “Asesores de Inversión” deberán remitir anualmente información referida a su actividad, los servicios brindados a los clientes y transacciones realizadas por los mismos al cierre del año civil, la cual debe ser expresada en miles de dólares americanos (sin decimales). El detalle de la información que será requerida, se adjunta en los Anexos I a VII de la presente Comunicación. Se deja sin efecto la Comunicación N° 2021/035. Fuente: Página web BCU.