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Se pone en conocimiento que este Banco Central adoptó, con fecha 20 de septiembre de 2023, la Resolución N° D/314/2023 que se adjunta.
1) Sustituir el acápite del Libro III de la Recopilación de Normas del Sistema de Pagos, por el siguiente: «Documentos compensables y sistemas electrónicos de compensación y liquidación”. Título I. – De los cheques Cartulares y las Letras de Cambio.
2) Sustituir el artículo 22.10 del Capítulo I – De los cheques cartulares en general, de la Parte Primera – Cheques cartulares y su digitalización, del Título I – De los cheques cartulares y las letras de cambio, del Libro III – Documentos compensables y sistemas electrónicos de compensación y liquidación, por el siguiente: «Artículo 22.10 (Otros Elementos). En el diseño del cheque (fondo), podrán incluirse tintas reactivas (luz ultravioleta), según lo establecido por el Artículo 22.9. Publicado D.O. de 28/09/2023. Fuente: Página web BCU.