Site Loader

Se revisa normativa, pero no hay texto expreso al respecto. Se entiende que en el IRPF se aplica el criterio de lo devengado, salvo excepciones que así lo establecen. En el caso del IRPF por rentas de trabajo, el artículo 31 del Título 7 TO1996 establece el criterio de lo devengado para las rentas. Lo mismo se aplica a las deducciones, salvo el caso de los
arrendamientos pagados, o cuotas hipotecarias pagadas en el ejercicio.