5.2. - Decretos
5.2.1. Decreto Nº 432/022, de 27/12/2022. Pagos Fletes Internacionales Terrestres Origen o Destino Argentina.
Todos los pagos por “Fletes Carga Internacional Terrestre” con origen o destino a la Argentina deberán ser “abonados al país de la matrícula del vehículo” mediante transferencia obligatoria a través de Entidades Financieras o Bancarias de dicho país. Publicado D.O. de 04/01/2023. Fuente: Página web Presidencia.