1.2. - Decretos
1.2.1. Decreto Nº 31/023, de 30/01/2023. Facturación Electrónica.
Reglamentación del Art. 149, Ley Nº 20.075, respecto comprobantes fiscales electrónicos (CFE) y Resguardos, operados en el sistema informático de recepción de facturas electrónicas (SIRFE). Publicado D.O. de 08/02/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.2.2. Decreto Nº 36/023, de 02/02/2023. Exoneraciones Tributarias: Prensa, Radiodifusión y Televisión.
Modificación del inciso 4º, Decreto Nº 281/007, relativo a la reglamentación del IRAE, aplicable a “Empresas Periodísticas, Radiodifusión y Televisión”. Los contribuyentes cuyos ingresosno superen en el ejercicio las UI 4.000.000 (cuatro millones de unidades indexadas), volverán a gozar en el ejercicio siguiente,de la exoneración a que refiere el inciso primero del presente artículo. Publicado D.O. de 10/02/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.6. - Informes y comentarios técnicos
1.6.1. KPMG: Monitor Semanal Nº 1013, de 30/01/2023.
1)Retención de IRPF e IRNR a arrendamientostemporarios de inmuebles con fines turísticos.
El reciente Decreto Nº 23/023, de 23 de enero de 2023, estableció una suspensión de las retenciones del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) que deben realizar ciertos agentes de retención.
El PE dispuso suspender de forma transitoria el régimen de retenciones de IRPF e IRNR aplicable a los contratos de arrendamiento temporario con fines turísticos. Están alcanzados los contratos cuyo plazo no supere los 31 días.
2) Prórroga entrada en vigor de nueva normativa sobre inspecciones laborales.
El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Nº 19/023, datado 18/01/2023, publicado D.O. de 26/01/2023, que ajusta ciertos aspectos menores del Decreto Nº 371/022 y prorroga su entrada en vigor, disponiendo que el mismo se aplicará a todos los procedimientos que se inicien por la IGTSS a partir del día 1° de marzo de 2023.
Fuente: Fuente:KPMG: Departamento Asesoramiento Legal y Tributario.
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1.6.2. KPMG: Monitor Semanal Nº 1014, de 07/02/2023.
1) Extensión de regímenes tributarios especiales.
El Decreto Nº 24/023, del 25 de enero de 2023, publicado en el Diario Oficial el 2 de febrero de 2023, extiende hasta el 31/12/2023, ciertas excepciones al régimen de retención de obligaciones tributarias de terceros y el cálculo ficto de las rebajas del IVA para ciertos sujetos. La mencionada reducción del IVA en forma ficta tenía prevista su duración hasta el próximo 31 de julio de 2023. El nuevo Decreto Nº 24/023 lo extiende hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo dispuesto en el Decreto Nº 24/023 rige a partir del 31 de diciembre de 2022.
2) Los principales vehículos jurídicos utilizados para emprender.
La Sociedad Anónima (“S.A.”), la Sociedad por Acciones Simplificada (“S.A.S.”) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (“S.R.L”) son las formas jurídicas societarias más utilizadas para emprender en Uruguay. Se menciona, la cantidad de integrantes para su constitución; procedimiento de constitución; actividad comercial que pueden desarrollar; responsabilidad socios y accionistas; capital a integrar; aportes a la seguridad social; y comunicaciones al BCU (LeyesNº 18.930 y Nº 19.484).
Fuente: Fuente:KPMG: Departamento Asesoramiento Legal y Tributario.
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