1.1. - Leyes y proyectos de ley
1.1.1. Ley Nº 20.131, de 05/05/2023. Exoneración de los pagos a los contribuyentes del IRAE por sus actividades agropecuarias y del Impuesto al Patrimonio por su patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias.
Exonérase de los pagos a los contribuyentes del IRAE por sus actividades agropecuarias y del Impuesto al Patrimonio por su patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias, correspondientes a las obligaciones devengadas entre el 1° de octubre de 2022 y el 30 de junio de 2023.
Los contribuyentes del Impuesto al Patrimonio (IP) por su patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias, quedarán exonerados de realizar los pagos a cuenta del Impuesto al Patrimonio y de la sobretasa, correspondientes a las obligaciones devengadas entre el 1º de octubre de 2022 y el 30 de junio de 2023.Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar los beneficios dispuestos en la presente ley, así como a prorrogarlos por única vez por hasta un plazo máximo de ciento ochenta días.Publicada D.O. de 12/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.2. - Decretos
1.2.1. Decreto Nº 138/023, de 11/05/2023. Modifica la reducción del Impuesto Específico Interno (IMESI), como consecuencia de la modificación de los precios relativos de las naftas en la región.
Sustitúyese el primer inciso del artículo 1º del Decreto N° 398/007, de 29/10/2007, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto N° 116/022, de 11/04/2022, estableciendo que: Se reduce el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de naftas hasta en un 40% (cuarenta por ciento) del precio de venta.
Vigencia: Lo dispuesto en el presente Decreto entrará a regir a partir del 1º de junio de 2023. Publicado D.O. de 16/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.2.2. Decreto Nº 139/023, de 11/05/2023. – Prorróganse los beneficios dispuestos en la Ley Nº 19.993, de fecha 15 de octubre de 2021, relativa a medidas fiscales aplicables a micro y pequeñas empresas localizadas en zonas fronterizas.
Extiéndense los beneficios dispuestos en la Ley N° 19.993, de 15 de octubre de 2021, por un plazo de 6 (seis) meses contados a partir del 1º de mayo de 2023, a las empresas que cumplan las condiciones dispuestas en los literales a), b) y c) del artículo 1º de la referida Ley. El citado artículo 1º de la ley referida, exonera el 100% (cien por ciento) de los aportes patronales jubilatorios, que cumplan con las disposiciones referidas en los citados literales.
Adicionalmente, quedarán comprendidos en los beneficios referidos en el inciso anterior y por idéntico plazo, aquellas empresas cuyo domicilio fiscal del local principal se encuentre en un radio máximo de 60(sesenta) kilómetros de un paso de frontera terrestre, con independencia de que se encuentre en un departamento fronterizo con paso de frontera terrestre.
Publicado D.O. de 16/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.4. - Resoluciones y comunicados DGI
1.4.1. DGI: Resolución Nº 862/2023, de 11/05/2023. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS FISCALES POR IMPUESTOS PAGADOS EN EL EXTERIOR PARA ACREDITACIÓN AL IRAE.
Dicha Resolución establece en su artículo 1º que, a los efectos de acreditar el pago efectivo de impuestos en el exterior a que refiere el artículo 169 Bis del Decreto N° 150/007 de 26 de abril
de 2007, serán de aplicación las disposiciones de la Resolución N°1815/2013 de 26 de junio de 2013. Publicada D.O. de 12/05/2023. Fuente: Página web DGI.