1.1. - Leyes y proyectos de ley
1.1.1. Ley Nº 20.124, de 24/03/2023.Modifícanse el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS.
En sede del IRPF, se modifica Tít. 7, TO.96, los artículos 38 (deducciones) y 39-bis (crédito fiscal por arrendamientos de inmuebles).
En sede del IASS, se modifica el artículo 8º de la Ley N° 18.314, de 04/07/2008, en la redacción dada por el artículo1º de la Ley N° 19.456, de02/12/2016, referente a las “Tasas Progresionales” aplicables para la determinación del impuesto. Publicada D.O. de 11/04/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.2. - Decretos
1.2.1. Decreto Nº 108/023, de 24/03/2023. Finalización Fondo Solidario Covid-19.
Se establécese el 31 de diciembre de 2022, como fecha de finalización del Fondo Solidario COVID-19, creado por el art. 1° de la Ley 19.874, de fecha 8 de abril de 2020. Una vez canceladas todas las obligaciones contraídas con anterioridad al 31/12/2022, los saldos remanentes del Fondo serán vertidos a Rentas Generales. Lo mismo ocurrirá con cualquier otro ingreso que sea percibidocon posterioridad a la fecha antes indicada, por obligaciones contraídas hasta el 31/12/2022.
A partir del 1° de enero de 2023, las erogaciones provenientes de las actividades enumeradas en el artículo 1º de la Ley N° 19.874, de 8 de abril de2020,serán financiadas con los créditos propios de los Incisos que dispusieron el gasto. Publicado D.O. de 10/04/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.2.2. Decreto Nº 110/023, de 28/03/2023. DGI: Prórroga cesión Certificados de Crédito. Productores Agropecuarios.
Sustitúyese el art. 3° del Decreto Nº 373/022, de fecha 16 de noviembre de 2022, con el fin de prorrogar hasta el 31 de agosto de 2023, la cesión de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias de los productores agropecuarios contribuyentes ante la DGI, a favor de determinados sujetos pasivos. Publicado D.O. de 10/04/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.4. - Resoluciones y comunicados DGI
1.4.1. Resolución Nº 610/2023, de 31/03/2023. Productores Agropecuarios. Certificados de Crédito. Prórroga.
Cesión a determinados proveedores de Certificados de Crédito, emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias. Prórroga. Publicada D.O. de 10/04/2023. Fuente: Página web DGI.
1.6. - Informes y comentarios técnicos
1.6.1. KPMG: Monitor Semanal Nº 1021, de 03/04/2023.
1) Exoneración tributaria a la importación de residuos provenientes de Zona Franca, Depósito Aduanero, Puertos o Aeropuertos Libres.
El artículo 266 de la Ley Nº 19.996, de 3 de noviembre de 2021, facultó al Poder Ejecutivo a exonerar, total o parcialmente, los tributos aplicables en ocasión de la importación definitiva de ciertos bienes calificados como residuos que provengan de zonas francas, depósitos aduaneros, puertos o aeropuertos libres.Recientemente, mediante el Decreto Nº 95/023, de 22 de marzo de 2023, que fue publicado en el Diario Oficial el 28 de marzo de 2023, el Poder Ejecutivo ejerció la aludida facultad.
Dicho decreto especifica los bienes alcanzados por la exoneración, los tributos exonerados, las condiciones para que aplique la exoneración sobre los bienes alcanzados, la prohibición y los deberes formales a cumplir.
2) Registro de Base de Datos.
La Ley Nº 18.331, en el literal D) del artículo 4, define a los datos personales como la información de cualquier tipo referida a personas físicas o jurídicas determinadas o determinables.
La Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP) fue creada para dar más seguridad a la protección de los datos personales y, para ello, tiene cometidos y potestades, previstas en el artículo 34 de la ley.
Dentro de las obligaciones principales de los responsables de bases de datos se encuentra la de registrar las Bases de Datos en la URCDP que funciona en la órbita de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC).
El registro de las bases de datos se realiza en línea, a través del llenado de un formulario en la página de la URCDP.
Fuente: Fuente: KPMG – Departamento de Asesoramiento Legal y Tributario.
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