1.1. - Leyes y proyectos de ley
1.1.1. Ley Nº 20.104, de 22/12/2022. Extiende Beneficios Tributarios por
seis (6) meses a “micro y pequeñas” empresas de zonas fronterizas
Se amplían y prorrogan beneficios tributarios a “micro y pequeñas” empresas localizadas en zonas fronterizas. Se sustituyen los literales a) y c) del artículo 1º de la Ley N° 19.993, de 15/10/2021. Se extiende plazos por seis (6) meses a partir del 01/11/2022. Publicada D.O. de 30/12/2022. Fuente: Página web Presidencia.
1.2. - Decretos
1.2.1. Decreto Nº 419/022, de 27/12/2022. DGI – Pagos Año 2023
a) IVA Mínimo (inciso 1º, Art. 106, Decreto 220/998) = $ 5.170; b) Escala Pagos IRAE Mínimo (Art. 93, Tit.4, TO96), calculada desde 3 hasta 24 veces respecto al monto del Literal E). Abarca valores, según escala, desde $ 6.170 (mínimo) hasta $ 16.840 (máximo). Publicado D.O. de 16/01/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.2.2. Decreto Nº 420/022, de 27/12/2022. Según Arts. 95 y 98 CT
Se actualizan los valores para el año 2023: a) Multas mínimas = $ 590; b) Multas máximas= $ 11.570. Publicado D.O. de 16/01/2023. Fuente: Página web Presidencia
1.2.3. Decreto Nº 421/022, de 27/12/2022. Valor Real Inmuebles y MNI (Mínimo No Imponible) Impto. al Patrimonio Ej. Fiscal 2022.
a) VR Inmuebles= Se aplica coeficiente 1,0995 sobre VR año 2021; b) MNI = $ 5.831.000 para las personas físicas y Sucesiones Indivisas. Se duplica valor para el Núcleo Familiar.
Publicado en D.O. de 16/01/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.2.4. Decreto Nº 422/022, de 27/12/2022. Regula el otorgamiento y exigibilidad de los certificados de crédito expedidos por la Dirección General Impositiva, generados por exportadores y asimilados
Con el objetivo de reducir las gestiones administrativas de los contribuyentes y optimizar el uso de recursos de la Administración, se ajusta la “fecha de exigibilidad” de dichos documentos. Se modifica Art. 88, Decreto 597/988. La fecha de exigibilidad en ningún caso podrá ser anterior al crédito original. Publicado D.O. de 16/01/2023. Fuente: Página web Presidencia.
1.6. - Informes y comentarios técnicos
1.6.1. KPMG: Monitor Semanal Nº 1008, de 26/12/2022
1) La reciente Ley Nº 20.098, de 12 de diciembre de 2022, le otorga el tratamiento de exportación en el marco del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los servicios de hospedaje que se brindan a residentes. La franquicia aplica a los servicios de hospedaje a residentes brindados por hoteles. Se entiende por hoteles a los establecimientos inscriptos como hotel, apart-hotel, motel, hostería, establecimientos de turismo rural con alojamiento y todo otro similar, siendo condición que los mismos estén registrados ante el Ministerio de Turismo. El beneficio se aplicará en el período comprendido entre el 12 de diciembre de 2022 y el 28 de febrero de 2023 inclusive.
2) Proyecto de Ley sobre “atracción de talentos” al sector de “tecnologías de la información (TI”. El proyecto dispone ciertos beneficios tributarios a favor de técnicos
o profesionales de TI que se radiquen en Uruguay para prestar servicios en relación de dependencia en el territorio nacional en el marco de un contrato de trabajo con una empresa con actividad regular y permanente en el país. Por otro lado, podrán optar por no ampararse en el sistema previsional vigente, lo que implica no hacer los aportes a la
seguridad social.
Fuente: KPMG: Departamento Asesoramiento Legal y Tributario.
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1.6.2. KPMG: Monitor Semanal Nº 1009, de 02/01/2023.
1) Lista de países, jurisdicciones y regímenes de baja o nula tributación.
La reciente Resolución de la DGI Nº 2.470/2022, de 28 de diciembre de 2022, actualiza dicha lista. Se mencionan todos los países y jurisdicciones incluidos. La nueva lista regirá a partir del 1° de enero de 2023.
2) Se habilitan los “Libros Diario e Inventarios” en formato digital.
El pasado 28 de diciembre de 2022, la Dirección General de Registros (DGR) habilitó, finalmente, y a través de su página Web, el ingreso a rúbrica de los Libros Diario e Inventario en formato digital. Para utilizar este servicio, los usuarios deberán remitir un correo electrónico a una casilla que puso a disposición la DGR, e incluir identificación de nombre, mención de documento de identidad y sociedad comercial a la que representa.
Fuente: KPMG: Departamento Asesoramiento Legal y Tributario.
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