1.1. - Leyes y proyectos de ley
1.1.1. Ley Nº 20.102, de 12/12/2022. Acuerdo Uruguay-Brasil sobre localidades fronterizas.
Se aprueba el “Acuerdo sobre Localidades fronterizas vinculadas” suscrito en la ciudad de Bentos Goncalves, República Federativa del Brasil, el 05/12/2019. Fuente: Página web Presidencia.
1.2. - Decretos
1.2.1. Decreto Nº 401/022, de 20/12/2022. Crédito Fiscal por pagos de Servicios de Facturación Electrónica.
Sustitúyese el Artículo 3º del Decreto N° 206/019 de 22 de julio de 2019 (y modificativos). Alcance temporal: Podrán ampararse al presente régimen los servicios prestados entre el 1º de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2023.” Crédito de hasta 80 UI por pagos que realicen contribuyentes de menor capacidad económica por servicios facturación electrónica. Publicado D.O. de 28/12/2022. Fuente: Página web Presidencia.
1.4. - Resoluciones y comunicados DGI
1.4.1. Resolución DGI Nº 2348/2022, de 14/12/2022-Vencimientos DGI 2023.
Fechas de Vtos. de presentación de Declaraciones Juradas y Pagos Año Fiscal 2023. Fuente: Página web DGI.
1.6. - Informes y comentarios técnicos
1.6.1. KPMG: Monitor Semanal Nº 1007, de 19/12/2022.
1) Se reglamenta la ley que introduce cambios en la Imposición a la Renta empresarial (Ley Nº 20.095, de 25/11/2022) por compromisos asumidos con la Unión Europea (UE).
Analiza en forma muy detallada las disposiciones del Decreto Nº 395/022, de 14/12/2022, que la reglamenta.
2) En diciembre se debe abonar el “medio aguinaldo”.
El “medio aguinaldo” de diciembre 2022 corresponde a lo generado en el período transcurrido entre el 1º de junio y el 30 de noviembre y su importe debe abonarse entre el 14 y el 23 de diciembre 2022, inclusive. Aclara qué se entiende por aguinaldo; cómo se calcula; cuándo corresponde el pago; qué partidas quedan excluidas del cálculo. ¿sólo se computan las partidas gravadas por aportes a la seguridad social?
Fuente: KPMG: Departamento Asesoramiento Legal y Tributario.
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1.6.2. Olivera Abogados: Newsletter, diciembre 2022.
A) Se aprueba Ley (Nº 20.095) y Decreto reglamentario (Nº 395/022) que modifica criterio de fuente de “rentas pasivas” en el IRAE. Se analiza su alcance; las rentas comprendidas; los extremos exigidos para estar gravados; la definición de ingresos y
entidades calificadas y no calificadas; doble imposición; la cláusula anti-abuso. Vigencia: La Ley se aplicará para ejercicios económicos iniciados a partir del 01/01/2023.
B) Se aprobó Ley de Rendición de Cuentas del ejercicio 2021. Por Ley Nº 20.075, de 03/11/2022. Se analizan, diversas disposiciones de dicha norma, entre ellas, citamos: Ley de medios; Nuevas facultades para la URSEC; Delitos de lavado de activos, se dispone la creación de una nueva “Fiscalía Especializada” en dicha materia; Fondo de Solidaridad: prevé reducir la contribución adicional al Fondo de Solidaridad, en un 25% (veinticinco por ciento) a partir del año 2024 y en un 25% (veinticinco por ciento) adicional a partir del año 2025.
Fuente: Olivera Abogados. Departamento Asesoramiento Legal y Tributario.
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1.6.3. Bergstein: Reporte Tributario-Contable – Nº 50, diciembre 2022.
1) Sabor a poco sobre reglamentación Rentas Pasivas Exterior; 2) El 31/12/2022: Impuesto al Patrimonio Personas Físicas; 3) Jurisprudencia comentada: situación cónyuge colaborados frente a las CESS; duro golpe a derechos contribuyentes; 4) Consultas varias DGI; 5) Bonificación para buenos pagadores de BPS.
Fuente: Bergstein Abogados: Departamento Tributario-Contable.
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