Destacados de la semana

LEYES Y PROYECTOS LEY

Proyecto de Ley-Parlamento. Citricultura. Régimen Especial de Subsidio por Desempleo.

Proyecto de Ley referente a la facultad de establecer un Régimen Especial de Subsidio por Desempleo para los trabajadores de la citricultura afectados a la cosecha y al packing. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a establecer, por razones de interés general, desde el 31 de marzo de 2023 y hasta el 30 de septiembre de 2023, como máximo, un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores de la industria citrícola afectados a la cosecha o al packing. Fuente: Página web Presidencia.

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DECRETOS

Decreto Nº 208/023, de 10/07/2023. Modificaciones Decreto Nº 148/007 (IRPF) y Decreto Nº 149/007 (IRNR).

Considerando los artículos 485 y 487 de la Ley N° 20.075, de 20/10/2022, y visto que las normas referidas dispusieron modificaciones en las tasas aplicables a los efectos de la liquidación del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y del Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR), dispuestas por los artículos 26 del Título 7 y 14 del Título 8, ambos del TO.96; se consideró necesario dictar un decreto que contenga disposiciones reglamentarias complementarias para la aplicación de las referidas modificaciones. Publicado D.O. de 17/07/2023. Fuente: Página web Presidencia.

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BCU

Circular Nº 2434, de 07/07/2023. Recopilación de Normas de Sistema de Pagos, modificación de disposición transitoria del artículo 78.2.

El BCU adoptó, con fecha 05/07/2023, la Resolución Nº D/191/2023. Resolvió Modificar la disposición transitoria del artículo 78.2 de la Parte Octava del Libro VI de la Recopilación de Normas de Sistema de Pagos. Para el caso de las transferencias electrónicas, lo dispuesto en el presente artículo entrará en vigencia el día 11 de diciembre de 2023. En el caso de los depósitos, la Gerencia de Sistema de Pagos establecerá y comunicará la fecha de entrada en vigencia. Publicada D.O. de 12/07/2023. Fuente: Página web BCU.

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BCU: Copom-Minuta Técnica. Junio 2023. TPM= 10,75%.

El BCU mantiene la fase contractiva de la Política Monetaria y resuelve fija la Tasa de Política Monetaria (TPM) en 10,75%, estableciendo una reducción de 50 puntos básicos. Se realizó un análisis del “contexto económico”, considerando la economía global y la economía local.
Economía global: El entorno económico continúa con un panorama heterogéneo, donde existe contraste entre el dinamismo de algunos sectores vinculados a los servicios y la contracción de actividades de la industria manufacturera. Además, se acumulan indicios de desaceleración en las principales economías del mundo, en particular de la economía china. La inflación continúa en descenso a nivel global, por menores precios de los commodities y de los costos de comercialización, aunque se observan presiones en el componente núcleo.
En Estados Unidos, los salarios y alquileres crecen a un ritmo incompatible con el objetivo de inflación de la Reserva Federal (FED), que señaló dos subas adicionales de tasa de interés antes de fin de año. Sin embargo, el mercado espera que esta tasa se ubique en el rango actual al cierre de 2023, lo que se refleja en la curva implícita de los futuros. En cuanto a la región, en Brasil las proyecciones de crecimiento para 2023 se corrigieron al alza, luego que el Producto Interno Bruto (PIB) creció por encima de lo esperado. El Banco Central de ese país dio señales del inicio de un ciclo de descenso de la tasa de interés en un contexto más benévolo y con el nuevo marco fiscal en discusión en el Congreso. En Argentina, se revisaron a la baja las perspectivas de crecimiento de la economía para el presente año. A su vez, las menores exportaciones y el menor nivel de actividad profundizan la caída en la recaudación e implican mayor necesidad de financiamiento. Este contexto mantiene el “riesgo de una devaluación” con impacto de alza en la inflación y baja en el crecimiento.

Economía local: En Uruguay, la actividad presentó en el primer trimestre del año un incremento de 0,9% en términos desestacionalizados y de 1,2% interanual. Las proyecciones del BCU señalan una contracción en el segundo trimestre por el shock de oferta de producción como consecuencia de la sequía y una leve recuperación en el tercer trimestre de 2023. Por otra parte, en el mercado de trabajo, los datos divulgados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) muestran que tanto el empleo como la tasa de actividad presentaron incrementos respecto al trimestre previo y se ubican en valores superiores a los observados antes de la pandemia. La inflación se ubicó dentro del rango meta en el año cerrado a junio. La inflación Headline (5,98%) y la inflación subyacente (5,2%) se encuentran en niveles que no se observaban desde los años 2017 y 2009 respectivamente.
A partir del panorama general planteado y con el objetivo que la inflación y sus expectativas converjan en el horizonte de política monetaria a 24 meses, el Directorio del BCU decidió mantener la fase contractiva de la política monetaria y fijar la Tasa de Política Monetaria en 10,75%, señalando que los futuros movimientos de la tasa de interés estarán condicionados por la evolución de la inflación y de sus expectativas en el horizonte de 24 meses. Publicada el 06/07/2023. Fuente: Página web BCU.

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ECONOMÍA Y FINANZAS

INE: Boletín Técnico. IPPN. Junio 2023.

El Índice de Precios al Productor de Productos Nacionales (IPPN) de junio 2023, presenta un índice= 275,65, y registra una variación mensual del -2,77% (respecto al mes anterior), una variación anual acumulada (dic/22-junio/23) del 0,33%, y una variación en los últimos 12 meses (junio/22-junio/23) del -9,33%.
El Gráfico 1. IPPN: - Comparativo de variaciones en porcentajes (%)-junio 2022-junio 2023.
El Cuadro 1. IPPN: - Comparativo de Índices y variaciones. junio 2022-junio 2023.
Boletín Técnico publicado el 29/06/2023. Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico: Actividad, Empleo y Desempleo. Mayo 2023.

En mayo del 2023, para el total país, la tasa de actividad se situó en 63,3%, la tasa de empleo en 57,8% y la tasa de desempleo en 8,7%.
En los siguientes cuadros, se presentan las tasas del mercado de trabajo para el total país (en %) y los totales de las personas (expresados en miles).
Cuadro 1: Presenta las Principales tasas de mercado de trabajo (en %). El Total del país: Actividad= 63,3%; Empleo=57,8%; Desempleo= 8,7%.
Cuadro 2: Total de personas por condición de actividad. El Total del país (totales en miles): Activos= 1.847,4; Ocupados= 1.686,7; Desocupados= 160,6. Publicado el 28/06/2023. Fuente: Página web INE-Encuesta Continua de Hogares.

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CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

IFRS: Actualización CINIIF. Junio 2023.

La actualización IFRIC es un resumen de las decisiones tomadas por el Comité de Interpretaciones de las NIIF (Comité) en sus reuniones públicas.
Decisiones tentativas de la agenda del comité:
Fusión entre una Controladora y su Subsidiara en Estados Financieros separados (NIC 27. Estados Financieros separados). (Documento 3 de la Agenda).
Otros asuntos:
a) Aplicación de la excepción de 'uso propio' a la luz del mercado actual y cuestiones geopolíticas (NIIF 9 Instrumentos financieros). (Documento 2 de la Agenda).
b) Riesgos relacionados con el clima en los estados financieros (Documento 4 de la Agenda).
c) Consolidación de una subsidiaria no hiperinflacionaria por una controladora hiperinflacionaria (NIC 21 Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de moneda extranjera y NIC 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias). (Documento 5 de la Agenda).
d) Combinaciones de negocios bajo control común (Documento 6 de la agenda).
e) Trabajo en curso (Documento 7 de la agenda).
El Comité se reunió los días 6 y 7 de junio de 2023. Fuente: Página web IFRS.

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IASB: Actualización. Junio 2023.

Esta Actualización del IASB destaca las decisiones preliminares del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Los proyectos afectados por estas decisiones se pueden encontrar en el plan de trabajo. Las decisiones finales de IASB sobre las Normas de Contabilidad IFRS, las Modificaciones y las Interpretaciones IFRIC se votan formalmente como se establece en el Manual del debido proceso de la Fundación IFRS.
Investigación y establecimiento de normas: a) Actividades con tarifas reguladas (Documento 9 de la agenda). b) Método de participación (Documento 13 de la agenda). c) Estados Financieros Primarios (Documento 21 de la agenda). d) Segunda Revisión integral de la norma de contabilidad NIIF para Pymes (Documento 30 de la agenda). e) Iniciativa de divulgación. Subsidiarias sin Responsabilidad Pública: Divulgaciones (Documento 31 de la agenda).
El IASB se reunió del 20 al 22 de junio 2023. Fuente: Página web IFRS.

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IASB: Actualización de la Norma Contable NIIF para PYMES. Junio 2023.

La actualización de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES es un resumen del personal de noticias, eventos y otra información sobre la Norma de Contabilidad NIIF para las
PYMES y las actividades relacionadas con las PYMES. El resumen del personal no ha sido revisado por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB).
Esta edición de la Actualización de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES incluye:
a) Una descripción general de las modificaciones propuestas en el Proyecto de Norma Reforma Fiscal Internacional-Reglas Modelo del Pilar Dos-Modificaciones propuestas a la Norma NIIF para las PYMES.
b) Una descripción general del material educativo de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES: Efectos de los asuntos relacionados con el clima en los Estados Financieros preparados de acuerdo con la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES.
c) Una lista de los nuevos miembros designados para el Grupo de Implementación de PYMES (SMEIG).
d) Los próximos pasos en la segunda revisión integral de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES.

El presente documento incluye las modificaciones propuestas a la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES. El Proyecto de Norma está abierto para comentarios hasta el 17 de julio de 2023. Próximos pasos en la segunda revisión integral de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES: En la reunión del IASB de junio de 2023, el personal presentó los comentarios de las cartas de comentarios y los eventos de divulgación sobre el Proyecto de Norma. Estos comentarios también se presentarán en la próxima reunión del SMEIG, que tendrá lugar el 13 de julio de 2023.  En esta reunión, el personal pedirá a los miembros del SMEIG su consejo sobre cuestiones específicas relacionadas con los comentarios sobre el Proyecto de Norma.

Fuente: Página web IFRS.

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KPMG-MONITOR SEMANAL

KPMG: Monitor Semanal Nº 1033, de 10/07/2023.

Cambios Tributarios propuestos en el Proyecto de Rendición de Cuentas.

Beneficios y gastos deducibles respecto a mecenas deportivos. Previstos originalmente en el artículo 11 de la Ley Nº 18.833 de noviembre de 2011, los beneficios tributarios a los mecenas deportivos que financien proyectos promovidos incluían imputar como pago a cuenta del IRAE, del IRPF (Categoría I) y del Impuesto al Patrimonio, hasta el 75% del capital utilizado para financiar los proyectos, convertido a unidades indexadas a la cotización del último día del mes anterior a la entrega efectiva de la suma utilizada. Con la nueva redacción el referido tope pasaría a ser del 70%.
Fusiones y escisiones: También en sede de IRAE, el artículo 414 del proyecto de Rendición de Cuentas determina un régimen específico para las reestructuras societarias ejecutadas a través de las figuras de fusiones y escisiones. El punto principal abordado por este régimen – que resulta también plasmado en el referido artículo 414 del proyecto – consiste en el no cómputo del valor llave a efectos fiscales cuando las sociedades se fusionen o escindan como consecuencia de un proceso de reestructura societaria, sujeto a ciertas condiciones establecidas por la normativa aplicable. Si bien la mayoría de las condiciones contempladas por el proyecto para acceder a este régimen se mantienen respecto al régimen actual, se introducen algunas modificaciones, como ser que las operaciones se realicen al valor contable del patrimonio transferido, y que el cómputo del plazo de dos años para la no modificación de las proporciones patrimoniales se verifique desde la fecha de comunicación al registro y no desde la fecha del contrato correspondiente.
Transferencia de participaciones patrimoniales: En la misma línea del tratamiento tributario de las fusiones y adquisiciones, el Proyecto incluye un artículo relativo al régimen aplicable para las transmisiones de participaciones patrimoniales en procesos de reorganizaciones societarias.
El artículo 415 establece que sujeto a determinadas condiciones (similares a las aplicables en la hipótesis de fusiones o adquisiciones referidas precedentemente) estas operaciones se considerarán realizadas a su valor fiscal, sin que se generen resultados computables como resultado de la transferencia. También se establecen algunas modificaciones en las disposiciones tributarias relativas a las AFAP (IRAE, IRPF e IRNR).
Se establecen cambios en el IASS. Art. 412, se propone una reducción a partir del 1º enero de 2024 del 10% al 8% para las alícuotas aplicables en la franja correspondiente a ingresos de entre 108 y 180 BPC. Se contempla asimismo una reducción al 6% a partir del 1° de enero de 2025.

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Fuente: KPMG: Departamento de Asesoramiento Legal y Tributario.

RESOLUCIONES DGI

DGI: Resolución Nº 1315/2023, de 11/07/2023.

Modificación de la Resolución Nº 98/2012, relativa al Régimen de Comprobantes Fiscales Electrónicos y las Obligaciones de los contribuyentes.
Agrégase al numeral 20°) de la Resolución N° 798/2012 de 8 de mayo de 2012, el siguiente literal g: los contribuyentes cuyo giro de actividad principal registrado corresponda a alguno de los detallados a continuación, deberán enviar cada uno de los CFE emitidos y sus notas de corrección, previo al transporte de la mercadería o a la entrega de la representación impresa al receptor no electrónico, según corresponda: restoranes y parrilladas; rotiserías; salones de té; bares de expendio de bebidas; abastecimientos de eventos: organización de convenciones y eventos comerciales. Regirá para documentos emitidos a partir del 1° de septiembre de 2023. Publicada D.O. de 12/07/2023. Fuente: Página web DGI.

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DGI: Consulta Vinculante Nº 6599, de 26/06/2023.

Contribuyente que presenta Consulta Tributaria Vinculante respecto a “Proyecto de Inversión” con una “Actuación Inspectiva en curso”. Procedimiento. Consideraciones.
En el marco arco de la mencionada actuación inspectiva, los funcionarios le señalaron a la empresa su posición sobre un punto en particular relacionado a un Proyecto de Inversión (Ley N° 16.906 de 07/01/1998 y Decreto N° 268/020 de 30/09/2020), con el cual no está de acuerdo. Ante la existencia de una actuación inspectiva en trámite en la que se analiza la situación descripta por el contribuyente en la consulta, esta Comisión de Consultas considera que corresponde estar a las resultancias de la referida actuación, en el entendido de que la misma finalizará con el dictado de un acto definitivo, que contendrá la posición de esta Administración sobre el punto planteado. El proceso administrativo en que se encuentra comprendida la actuación inspectiva implicará el eventual “otorgamiento de una vista” y, será en ese momento en que el compareciente podrá plantear sus descargos y su opinión sobre la interpretación de las normas y lo demás que entienda conveniente. Publicación web 30.06.2023. Fuente: Página web DGI.

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