Destacados de la semana

LEYES Y PROYECTOS LEY

Ley Nº 20.146, de 19/05/2023. Créanse las Fases Cuatro y Cinco del “Programa «Oportunidad Laboral.

A realizarse cada una de estas, en 2 (dos) etapas durante los años 2023 y 2024, con el objeto y en las condiciones previstas por la Ley N° 19.952, de 20/05/2021, salvo en lo que expresamente se establece en la presente ley. Se deben cumplir determinadas condiciones.
El referido monto se abonará por 12 (doce) jornales efectivamente trabajados en la quincena. Publicada D.O. de 25/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.

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BCU

BCU: Copom-Comunicado. Mayo 2023. Se Mantiene la TPM=11,25%.

El BCU-COPOM, decidió mantener sin cambios en mayo 2023 la Tasa de Política Monetaria (TPM) sin cambios, manteniéndola en el 7,25% anual, similar a la anteriormente fijada. La inflación se ubicó en 7,61% en el año cerrado a abril, con un leve incremento respecto a la medición de marzo, principalmente por el precio de las frutas y verduras que fue compensado parcialmente por la moderación de los precios de alimentos y combustibles. Por su parte, en abril 2023, el promedio de expectativas de inflación a 24 (veinticuatro) meses igual a 7,24%, también permaneció en un valor similar al período anterior y sigue siendo foco de atención y análisis del COPOM. Publicado el 16/05/2023. Fuente: Página web BCU.

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BCU: Copom-Minuta Técnica. Mayo 2023. Tasa Política Monetaria (TPM).

La economía local: En Uruguay, se espera un crecimiento de la actividad económica en el primer trimestre del año, pero no así en el segundo, el que se vería afectado por el shock de oferta de producción como consecuencia de la sequía.
Por otra parte, en el mercado de trabajo, los datos divulgados por el Instituto Nacional de Estadística (l NE) muestran que tanto el empleo como la tasa de actividad presentaron incrementos respecto al trimestre previo. La tasa de empleo se ubicó para el total del país en 57,4% de la Población en Edad de Trabajar (PET), mismo valor que en igual período del año anterior, mientras que la tasa de desempleo se ubicó en 8,4% de la Población Económicamente Activa (PEA).
Se valoraron los siguientes aspectos de la política monetaria.
La inflación se ubicó en 7,61% en el año cerrado a abril, con un leve incremento respecto a la medición de marzo, principalmente por el precio de las frutas y verduras que fue compensado parcialmente por la moderación de los precios de alimentos y combustibles.
La inflación subyacente se mantuvo estable (6,22% interanual) en uno de los niveles más bajos en los últimos cinco años y cercano al techo del rango meta. Esto se explica por una suba de los precios de bienes transables, compensada por la reducción de los no transables. En el caso de los rubros transables, se observaron señales inflacionarias en Carnes y pescados y Alimentos y bebidas diversos, particularmente de los productos lácteos y huevos, como consecuencia de la sequía y las restricciones a las importaciones por la gripe aviar. La sequía también impactó directamente sobre los precios de los componentes más volátiles, como Frutas y verduras.
Por otro lado, los precios de los bienes y servicios no transables se redujeron de forma general con excepción de los alquileres. Las categorías que tuvieron una disminución más notoria de la inflación en el período fueron Panes y cereales y Comidas y bebidas fuera del hogar, influidas por la reversión del impacto del conflicto geopolítico en el este de Europa en la medición interanual.En abril, el promedio de los tres indicadores de expectativas de inflación para el horizonte de política monetaria (HPM) a 24 meses, que es foco de atención y análisis del Comité de Política Monetaria (COPOM), se mantuvo estable (7.24%).
El Banco Central del Uruguay (BCU) cumplió con el objetivo operativo establecido sobre la Tasa de Política Monetaria (TPM), de manera que la tasa a un día del mercado de dinero operó en torno a 11,25% desde la reducción resuelta por el COPOM el 19 de abril de 2023.
El Directorio del BCU valoró la estabilidad de las expectativas de inflación y las señales positivas que existen en su tendencia en determinadas mediciones. No obstante, consideró que se mantiene el riesgo que los actuales niveles de expectativas se materialicen a través de los mecanismos indexatorios existentes en la formación de precios y salarios. En ese sentido, espera la interiorización del objetivo de inflación en la formación de precios y salarios, elemento clave para la convergencia de la inflación y las expectativas de inflación al rango meta.
A partir de este análisis y del panorama general planteado, el Directorio del BCU decidió mantener la Tasa de Política Monetaria (TPM) en 11,25%. Este nivel es considerado consistente con una política monetaria contractiva orientada a continuar los esfuerzos para la convergencia de la inflación y sus expectativas en el horizonte de 24 meses. Los movimientos futuros de la TPM estarán condicionados por las variables antes mencionadas. Publicado el 16/05/2023. Fuente: Página web BCU.

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BCU: Comunicado Nº 2023/095, de 17/05/2023. Registro Mercado Valores.

Bolsa Valores Mdeo (BVM). Reglamento de Emisores y Valores.
Se pone en conocimiento del mercado que la Superintendencia de Servicios Financieros adoptó en el día 16 de mayo de 2023, la siguiente Resolución: Autorizar el Reglamento de Emisores y Valores de Bolsa de Valores
de Montevideo SA (BVM), aprobado por su Directorio el 26 de abril de 2023. Publicado el 17/05/2023. Fuente: Página web BCU.

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BCU: Comunicado Nº 2023/097, de 18/05/2023. Empresas de Seguros y Reaseguros.

“Artículo 128 de la Recopilación de Normas de Seguros y Reaseguros – Estados Contables e Información Complementaria”. Se pone en conocimiento de las empresas aseguradoras y reaseguradoras, que en el marco del proyecto de discontinuación del módulo de captura de Datos-SIFICO, utilizado para la generación y envío de la información correspondiente al art 128 de la RNSR, se ha publicado una nueva versión de las especificaciones técnicas para el envío del requerimiento correspondiente a la siguiente información: Estado de Situación, Estado de Resultados, Estado de Evolución del Patrimonio, Cuadro de Bienes de Uso y toda la información requerida para la determinación y acreditación de del Capital Mínimo. Vigencia: La información mencionada en el primer párrafo, se deberá remitir de acuerdo a las nuevas especificaciones técnicas, a partir de la información correspondiente al primer trimestre de 2023. Publicado el 18/05/2023. Fuente: Página web BCU.

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ECONOMÍA Y FINANZAS

BCU: Informe Técnico: Evolución de Precios e Inflación esperados por los agentes. Abril 2023

En marzo de 2023 la inflación anual se redujo nuevamente, por sexto mes consecutivo, ubicándose 7,33% (desde 7,55% en febrero 2023).
Este comportamiento es el reflejo de una reducción o estabilidad en el mes de casi todos los precios de los alimentos, y la baja en los precios de algunos bienes manufacturados como muebles y electrónicos, parcialmente contrarrestados por aumentos importantes de los precios más volátiles de la canasta, especialmente frutas y verduras, así como en servicios de la educación. La expectativa de los empresarios para el mes de marzo 2023 es del 8% anual. Seredujeron en diciembrede2022y hanpermanecido en 8% anual desdeentonces.
¿Qué proyecta el BCU sobre la inflación?Para elaborar el escenario de inflación, entre varios factores considerados el BCU monitorea las expectativas de inflación, a través de tres indicadores: el que surge de la encuesta de expectativas a los analistas, el de la encuesta de expectativas a los empresarios y las expectativas implícitas de los mercados financieros en el diferencial de rendimientos de títulos nominales e indexados. En ese contexto, las cifras proyectadas por el BCU están por debajo de las tres medidas de expectativas de inflación monitoreadas. En marzo de 2023 el promedio de esas tres medidas se ubicó en 7,51% anual; por encima del techo del rango meta (3%- 6% anual). Documento publicado en abril 2023. Fuente: Página web del BCU.

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BCU: Encuesta de Expectativas Económicas. Mayo 2023.

El objetivo de la encuesta es monitorear mensualmente la evolución de las expectativas de mercado respecto de las principales variablesmacroeconómicas, de modo de complementar la información disponible para el diseño de la política monetaria. A estos efectos se relevan lasexpectativas de diversas instituciones y profesionales independientes. A partir de mayo de 2020 se amplió la cantidad de analistas consultados y secomenzaron a aplicar dos formularios: mensual y trimestral. En el formulario mensual se incluyen preguntas sobre crecimiento y tipo de cambio nominal.En el trimestral, se agregan respecto al formulario mensual otros horizontes para esas mismas variables y nuevas preguntas: mercado de trabajo,resultado fiscal y Tasa de Política Monetaria (TPM). En particular, a partir de diciembre de 2021 se comienzan a publicar los resultados de la preguntasobre la expectativa para la variación interanual del Producto Interno Bruto (PIB) del trimestre en curso y sobre la TPM esperada para distintoshorizontes.

I) PIB-Nivel de Actividad (Volumen físico en %). a) Para el año 2023, se estableció en “Mediana” un valor de 1,45%; en “Promedio” un valor de 1,36%; b) Para el año 2024, en “Mediana” un valor de 2,52% y en “Promedio” de 2,72%; c) Para el año 2025, los valores fueron en “Mediana” de 2,50% y en “Promedio” de 2,40%.
II) Tipo de Cambio (Pesos uruguayos por dólar). a) El valor para fin de mayo/2023 en “Mediana” se fijó en $ 39; en “Promedio” de $ 39,02; b) Valor fin año calendario 2023 (anualizado a diciembre), en “Mediana” un valor de $ 41 y el mismo valor en “Promedio”; c) Valor fin año calendario 2024 (anualizado a diciembre) un valor en “Mediana” de $ 43,27 y en “Promedio” de $ 43,47; d) Valor fin año 2025 (anualizado a diciembre) en “Mediana” de $ 46,30 y en “Promedio” de $ 46,36. Publicada el 17/05/2023. Fuente: Página web BCU.

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BCU: Encuesta de Expectativas de Inflación. Mayo 2023.

Tasa de inflación para el período que se indica (expresada en %).
El objetivo de la encuesta es monitorear mensualmente la evolución de las expectativas de mercado sobre la inflación, de modo de complementar la información disponible para el diseño de la política monetaria. A estos efectos se relevan las expectativas de diversas instituciones y profesionales independientes. A partir de mayo de 2020 se amplió la cantidad de analistas consultados y se comenzaron a aplicar dos formularios: mensual y trimestral. En el formulario mensual se incluyen preguntas sobre la evolución del índice de Precios al Consumo (IPC) a distintos horizontes. En el trimestral, se agrega respecto al formulario mensual el horizonte de 5 años para esta variable y preguntas sobre la evolución del IPC núcleo (refiere al IPC excluyendo Frutas y verduras y administrados/regulados).

Respecto a las “Expectativas de Inflación anualizadas”, se prevén los siguientes guarismos:

a) Para el mes de mayo 2023, se pronostica un valor en “Mediana” de 0,50% y un “Promedio Simple” de 0,47%.
b) Para el cierre del año calendario 2023 (finalizado en diciembre), se prevé en “Mediana” un valor de 7,50% y un valor “Promedio simple” de 7,38%.
c) Para el cierre del año calendario 2024 (finalizado en diciembre) se proyecta en “Mediana” un valor de 6,78% y un “Promedio Simple” de 6,92%. Todos los valores proyectados se sitúan “fuera del rango-meta anual del Gobierno) situado en el 3%-6% anual. Publicada el 17/05/2023. Fuente: Página web BCU.

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CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

IASB: Traslada el Proyecto del Método de la Participación al Plan de Trabajo de establecimiento de normas.

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) ha trasladado su proyecto de método de participación del programa de investigación al plan de trabajo de establecimiento de normas. “Las Normas de Contabilidad NIIF” requieren la aplicación del “método de participación patrimonial a las inversiones en asociadas y negocios conjuntos” en los Estados Financieros Consolidados de un inversionista. También se permite en estados financieros separados para inversiones en subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos. El objetivo del proyecto es desarrollar respuestas a las preguntas de aplicación sobre el “método de la participación”, según lo establecido en la NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos, utilizando los principios derivados de la NIC 28. El IASB planea publicar un borrador de exposición de las enmiendas propuestas para consulta pública. Publicado el 16/05/2023. Fuente: Página web IFRS.

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KPMG-MONITOR SEMANAL

KPMG: Monitor Semanal Nº 27, de 24/05/2023

1)Resolución de la DGI relativa al reingreso a la exoneración de IRAE de las pequeñas empresas.

El régimen previsto por la normativa anterior al Decreto Nº 67/023, de fecha 02/03/023, los sujetos pasivos alcanzados por el régimen tributario de “pequeña empresa” que quedaran por fuera de la exoneración que establece la aludida normativa (literal E, del artículo 52, del Título 4 del TO 1996), debían permanecer en el régimen general por al menos tres ejercicios. En el régimen previsto por la normativa del citado Decreto, los sujetos pasivos alcanzados por el régimen tributario de “pequeña empresa” que quedaran por fuera de la exoneración que establece la aludida normativa (literal E del artículo 52, del Título 4, del TO 1996), debían permanecer en el régimen general por al menos tres ejercicios.
El Decreto Nº 67/023, de fecha 2 de marzo de 2023, permitió a estos contribuyentes reinsertarse en el régimen del literal E), del artículo 52 directamente en el ejercicio siguiente.
La reciente Resolución de la DGI Nº 757/2023, del 04/05/2023, publicada el 05/05/2023, regula ciertos aspectos procedimentales para quienes pretendan esa reinserción en la aludida exoneración. Los contribuyentes que de acuerdo con el Decreto N° 67/023, de 02/03/2023, pretendan volver a aplicar la exoneración dispuesta por el literal E) del artículo 52, del Título 4, del Texto Ordenado 1996, desde el ejercicio 2023, dispondrán de plazo hasta el 25 de mayo de 2023, para modificar su situación tributaria ante el R.U.T. (Registro Único Tributario). A tales efectos, deberán estar al día con la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto a las Actividades Económicas (IRAE) y del Impuesto al Patrimonio (IP) correspondientes al ejercicio 2022.

2) Redomiciliación de sociedades comerciales.

Se analiza el tema de Redomiciliación de “sociedades comerciales nacionales” al exterior, así como la posibilidad de que “sociedades constituidas en el extranjero” se “nacionalicen” en nuestro país.
2.1) Sociedades nacionales: La Redomiciliación de sociedades comerciales es un instituto que, si bien no está extensamente regulado, nuestra Ley de Sociedades Comerciales Nº 16.060 (en adelante LSC) lo admite, permitiendo transferir el domicilio de una sociedad comercial nacional al extranjero.
La personalidad jurídica de la sociedad subsiste a su mudanza, por lo que no corresponde la cancelación de su personería ante el Registro de Personas Jurídicas, Sección Registro Nacional de Comercio (en adelante RNC). En el caso de sociedades anónimas, el órgano competente para resolver reformar el Estatuto social es la Asamblea General Extraordinaria con la mayoría especial que establece la LSC, salvo que el Estatuto exija un mayor número que la LSC. Luego de contar con la resolución válida favorable al cambio de domicilio, se deberá solicitar la aprobación de la reforma estatutaria a la Auditoria Interna de la Nación (AIN), dentro del plazo de 30 días corridos a contar desde la fecha de la resolución asamblearia. Se deben cumplir determinados aspectos formales y publicaciones legales (Diario Oficial y otro).
2.2) Redomiciliación de sociedades constituidas en el extranjero.También es admitido por la ley nacional que sociedades constituidas en el extranjero se “nacionalicen” mudando su domicilio al Uruguay. La LSC establece que las sociedades constituidas en el extranjero que se propongan establecer su sede principal en el país o cuyo principal objeto esté destinado a cumplirse en el mismo, estarán sujetas aun para los requisitos de validez del contrato social a todas las disposiciones de la ley nacional. Recientemente, el pasado 17/05/2023, la AIN publicó un nuevo instructivo con los requisitos para que las sociedades constituidas en el extranjero se nacionalicen, adoptando el tipo social “sociedad anónima” (sin perjuicio de esto, cabe mencionar que las sociedades constituidas en el extranjero también pueden nacionalizarse adoptando otros tipos sociales a los que se asimilen sus estatutos sociales). Se establecen determinados requisitos y obligaciones formales a cumplirse (inscripciones y publicaciones legales).

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Fuente: KPMG: Departamento de Asesoramiento Legal y Tributario.

RESOLUCIONES DGI

DGI: Liquidación del Impuesto al Patrimonio Personas Físicas, Núcleos Familiares y Sucesiones Indivisas del año fiscal 2022. Información complementaria.

Comunicado: Mínimo No Imponible IPAT, Ej.2022 y anteriores.

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DGI: Liquidación del Impuesto al Patrimonio Personas Físicas, Núcleos Familiares y Sucesiones Indivisas del año fiscal 2022. Información complementaria.

Comunicado: Instructivos para el pago con CCE – Ej. Fiscal-IPAT 2022:
Contribuyentes: Cede, Grandes Contribuyentes y No Cede. Procedimientos.

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