Destacados de la semanaDECRETOSDecreto Nº 142/023, de 17/05/2023. Medio Aguinaldo funcionarios públicos. Dispónese que los funcionarios públicos de los Incisos 02 al 19, 25 al 27, 29 y 31 al 36 del Presupuesto Nacional, “percibirán apartir del 16 una suma equivalente a la doceava parte del total de las retribuciones sujetas a montepío percibidas por cualquier concepto, en el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2022 y el 31 de mayo de 2023. Publicado D.O. de 24/05/2023. Fuente: Página web Presidencia. BCUBCU: Boletín Técnico: Dólar Interbancario – Fin mes y Promedio Mensual.
ECONOMÍA Y FINANZASINE: Boletín Técnico. Índice Costo Construcción (ICC), marzo 2023. Principales Resultados: El ICC en marzo de 2023, presenta un índice general= 913,93; registra una variación mensual de (marzo/23-febrero 23) de 0,07%, acumulada en el año de (marzo/23-diciembre 2022)de 1,04% y en los últimos 12 meses anualizados (marzo/23-marzo/22) de 7,37%. INE: Boletín Técnico: Encuesta de Expectativas Empresariales (EEE), abril/2023. Principales resultados: Evolución esperada del IPC. En abril de 2023 la “mediana” de la inflación esperada por las/os empresarias/os se sitúa en 8,0%para el año 2023 (cerrado en diciembre), en 8,0%para el año móvil cerrado en marzo de 2024 (abril/23-marzo 24) y en8,0%para el año móvil KPMG-MONITOR SEMANALKPMG: Monitor Semanal Nº 1026, de 17/05/2023. 1) Modificación de algunos aspectos de la ley de negociación colectiva. El pasado 10 de mayo de 2023, el Parlamento aprobó el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo que modifica algunos aspectos de la Ley Nº 18.566 de negociación colectiva en el sector privado.Luego de una queja presentada contra la Ley Nro. 18.566 (que regula las condiciones de negociación colectiva del sector privado en nuestro país) por parte de las cámaras empresariales junto con la Organización Internacional de Empleadores ante el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Dicho organismo concluyó que la referida norma legal no cumplía con los lineamientos establecidos por los convenios internacionales en materia de negociación colectiva ratificados por Uruguay.En virtud de ello, se presentó un proyecto para modificar parte de la aludida ley a fin de alinearla con la normativa internacional y levantar las observaciones planteadas por la OIT. 2) Se aprobó la reforma de la seguridad social. Hacemos referencia a las principales claves deltexto legal aprobado y las modificaciones que este plantea. Con la votación favorable de la Cámara de Senadores, el pasado 27/04/2023, quedó definitivamente aprobado el proyecto de reforma de la seguridad social que se promulgó el pasado 2 de mayo 2023 y se publicó el 10 de mayo 2023 como la Ley Nº 20.130.La nueva ley no introdujo modificaciones sustantivas en lo que hace al esquema de cobertura de la seguridad social excepto en cuanto a la extensión de los dos pilares de cobertura (que hoy brinda el BPS y las AFAPs) a las cajas paraestatales (salvo la caja notarial como se dirá).Tampoco introdujo nuevos tributos, por lo que el sistema se continúa financiando con parte de los impuestos nacionales que le traslada rentas generales, además de las contribuciones patronales y personales que ya existen. La ley referida introdujo importantes cambios, los cuales se analizan pormenorizadamente en el informe (entre ellos, citamos: unificación del sistema; aumento edad jubilatoria; causal jubilatoria anticipada; cálculo de la jubilación por solidaridad intergeneracional; jubilación parcial flexible; incentivos a ahorros individuales; distribución de aportes y prestación no contributiva por vejez. Fuente: KPMG: Departamento Legal y Tributario. OLIVERA ABOGADOSOlivera Abogados: Newsletter mayo 2023. A) Contenido:Reforma de la Seguridad Social. Se realiza un exhaustivo análisis de la normativa:I) se aprueba la creación del sistema previsional común. II) Establece el ámbito institucional de aplicación; 2.1) Vigencia de la Ley: 2.2) Vigencia general de la norma; 2.3) Personas no comprendidas; 2.4) Régimen de Convergencia; 2.5) Disposiciones relativas a jubilación porincapacidad total y subsidio transitorio porincapacidad parcial; 2.6) Vigencia del Sistema Previsional Común; III) Aplicaciones de los Regímenes Jubilatorios: Pilar 1 y Pilar 2. B) Se crea registro de personería jurídica de organizaciones de trabajadores y empleadores. Se analizan las diversas disposiciones de dicho régimen. C) Se aprueba ley que consagra derecho a ausentarse del trabajo para asistir a controles de embarazo. Fuente: Olivera Abogados: Departamento Legal y Tributario. BERGSTEIN ABOGADOSBergstein Abogados: Reporte Tributario-Contable, Nº 53, mayo 2023. Contenido: Se realiza un pormenorizado análisis técnico de toda la información considerada. I) Normativa comentada: 1.1) Baja el IRPF y el IASS; 1.2) Entidades administradoras de pagos y entidades de cobranza: se actualiza régimen de información a DGI. Fuente: Bergstein Abogados: Departamento Tributario-Contable. RESOLUCIONES DGIResolución Nº 876/2023, de 16/05/2023. Publicada D.O. 17/05/2023. IMESI-Modificaciones.Leer más Boletín técnico: Instructivo con información para la Declaración Jurada Ej. Fiscal 2022.Leer más Comunicado:Preguntas más frecuentes IP –Años Fiscales: 2013/2022.Leer más Comunicado: IPAT 2022: Vencimientos en el año 2023.Leer más
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Índice TemáticoCapítulo 1 - TributariaTRIBUTARIACapítulo 3 – Seguridad Social-LaboralSEGURIDAD SOCIAL-LABORALCapítulo 4 - BCU (Banco Central del Uruguay)BCUCapítulo 6 - Economía y FinanzasECONOMÍA Y FINANZASBoletines AnterioresConsejo Directivo
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