Destacados de la semana

LEYES Y PROYECTOS LEY

Ley Nº 20.129, de 28/04/2023. Regúlase el derecho de toda trabajadora, tanto de la actividad privada como de la pública, a ausentarse del trabajo para asistir a los controles de embarazo.

Toda trabajadora embarazada, tanto en la actividad privada como en la pública, cualquiera fuere la naturaleza jurídica de su relación laboral o funcional, tendrá derecho a ausentarse de su lugar de trabajo, hasta cuatro horas al mes, con la finalidad de concurrir a los controles de embarazo u otras consultas relacionadas.
Dichas horas se computarán como trabajadas a todos los efectos legales y reglamentarios, no pudiendo ser descontadas del salario o remuneración.Todo trabajador o trabajadora, tanto en la actividad privada comoen la pública, cualquiera fuere la naturaleza jurídica desu relación laboral o funcional, tendrá derecho a ausentarse de su lugar de trabajo, hasta cuatro horas al mes, a los efectos de acompañar a su cónyuge, concubina o pareja a los controles de embarazo y rutinas correspondientes. Publicada D.O. de 12/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.

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Ley Nº 20.131, de 05/05/2023. Exoneración de los pagos a los contribuyentes del IRAE por sus actividades agropecuarias y del Impuesto al Patrimonio por su patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias.

Exonérase de los pagos a los contribuyentes del IRAE por sus actividades agropecuarias y del Impuesto al Patrimonio por su patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias, correspondientes a las obligaciones devengadas entre el 1° de octubre de 2022 y el 30 de junio de 2023.
Los contribuyentes del Impuesto al Patrimonio (IP) por su patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias, quedarán exonerados de realizar los pagos a cuenta del Impuesto al Patrimonio y de la sobretasa, correspondientes a las obligaciones devengadas entre el 1º de octubre de 2022 y el 30 de junio de 2023.Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar los beneficios dispuestos en la presente ley, así como a prorrogarlos por única vez por hasta un plazo máximo de ciento ochenta días.Publicada D.O. de 12/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.

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Proyecto de Ley-Parlamento, de 25/04/2023, referente a la creación de las Fases Cuatro y Cinco del Programa “Oportunidad laboral”, con el objeto previsto en la Ley N° 19.952, de fecha 20/05/2021 y sus modificativas.

La finalidad de estas nuevas fases del Programa “Oportunidad Laboral” es darle continuidad a una política activa de empleo que procura brindar oportunidades de participación enel mercado de trabajo a travésde una política transitoria y focalizada que responde a las características del colectivo de trabajadores comprendido. Las nuevas fases del Programa “Oportunidad Laboral” se desarrollarán en los años 2023 y 2024, cada una en dos etapas de los respectivos años y serán administradas por la Comisión Sectorial, creada por el literal B) del artículo 230 de la Constitución de la República. Publicado en Página web Presidencia.

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DECRETOS

Decreto Nº 136/023, de 09/05/2023. Declárase promovida al amparo del art. 11 de la Ley Nº 16.906, de fecha 7 de enero de 1998, la actividad a desarrollar por el “Fideicomiso Financiero Fondo de Deuda para Infraestructura en Uruguay V CAF-AM”, destinada a financiar proyectos de infraestructura en Uruguay.

Declárase promovida al amparo del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad a desarrollar por el "Fideicomiso Financiero Fondo de Deuda para Infraestructura en Uruguay V CAF-AM", destinada a “financiar proyectos de infraestructura en Uruguay”, el que será constituido de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 17.703, de 27/10/2003, así como la actividad a desarrollar por el gestor del referido fideicomiso exclusivamente por la actividad que cumpla en relación al mismo y siempre que sea una entidad nacional controlada por la Corporación Andina de Fomento (CAF) o una de sus afiliadas, o una sucursal uruguaya de una afiliada de la Corporación Andina de Fomento (CAF).
Exoneraciones Tributarias: Exonérase del IRAE las rentas derivadas de la realización de las actividades promovidas. Exonérase del Impuesto al Patrimonio (IP), el patrimonio afectado a las actividades promovidas. También se establecen disposiciones especiales respecto al IVA, exonerando de dicho tributo a los ingresos gravados derivados de la realización de las actividades promovidas. Publicado D.O. de 12/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.

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Decreto Nº 138/023, de 11/05/2023. Modifica la reducción del Impuesto Específico Interno (IMESI), como consecuencia de la modificación de los precios relativos de las naftas en la región.

Sustitúyese el primer inciso del artículo 1º del Decreto N° 398/007, de 29/10/2007, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto N° 116/022, de 11/04/2022, estableciendo que: Se reduce el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de naftas hasta en un 40% (cuarenta por ciento) del precio de venta.
Vigencia: Lo dispuesto en el presente Decreto entrará a regir a partir del 1º de junio de 2023. Publicado D.O. de 16/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.

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Decreto Nº 139/023, de 11/05/2023. – Prorróganse los beneficios dispuestos en la Ley Nº 19.993, de fecha 15 de octubre de 2021, relativa a medidas fiscales aplicables a micro y pequeñas empresas localizadas en zonas fronterizas.

Extiéndense los beneficios dispuestos en la Ley N° 19.993, de 15 de octubre de 2021, por un plazo de 6 (seis) meses contados a partir del 1º de mayo de 2023, a las empresas que cumplan las condiciones dispuestas en los literales a), b) y c) del artículo 1º de la referida Ley. El citado artículo 1º de la ley referida, exonera el 100% (cien por ciento) de los aportes patronales jubilatorios, que cumplan con las disposiciones referidas en los citados literales.
Adicionalmente, quedarán comprendidos en los beneficios referidos en el inciso anterior y por idéntico plazo, aquellas empresas cuyo domicilio fiscal del local principal se encuentre en un radio máximo de 60(sesenta) kilómetros de un paso de frontera terrestre, con independencia de que se encuentre en un departamento fronterizo con paso de frontera terrestre.
Publicado D.O. de 16/05/2023. Fuente: Página web Presidencia.

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BCU

BCU: Informe de Política Monetaria (IPOM), primer trimestre año 2023. ¿Qué prevé el BCU que pase sobre la Economía, los Precios y el Tipo de Cambio?

La economía uruguaya cerraría 2023 con un crecimiento menor al registrado en 2022, “para retomar expansiones similares a dicho año en 2024” (es decir, en torno a 4,9%). Ese es el escenario que plantea el Banco Central (BCU) y “está enmarcado en un alto nivel de incertidumbre, asociado al desempeño en la región, la que actualmente mantiene desequilibrios macroeconómicos, y a la eventual prolongación de los efectos de la sequía. En menor medida pueden mencionarse rebrotes de la pandemia y la prolongación del conflicto entre Rusia y Ucrania”, añadió en el Informe de Política Monetaria correspondiente al primer trimestre divulgado. Según el BCU, “del punto de vista de los componentes de la demanda, el crecimiento estaría impulsado en 2023 por el consumo privado, al influjo de la recuperación de la masa salarial, y la inversión privada. Mientras tanto, estarían incidiendo a la baja el ajuste del gasto público y el menor dinamismo de las exportaciones netas como consecuencia de la sequía”. En 2024 el consumo y la inversión privados seguirían siendo los principales motores de crecimiento, junto a la recuperación de las exportaciones netas”, agregó. El BCU evaluó una serie de indicadores adelantados de la actividad para el primer trimestre de este año, que dan la pauta de un crecimiento interanual (respecto a igual período de 2022) en torno a 0% para todo el primer semestre. En términos desestacionalizados (frente al período inmediato anterior), la economía saldría de la recesión en que cayó en el último trimestre del año pasado. En tanto, “a nivel de la industria manufacturera, el Índice de Volumen Físico (IVF) global exhibe una cierta recuperación en los últimos meses. En concreto, en el promedio enero-febrero presenta un aumento cercano a 2% desestacionalizado frente al promedio del cuarto trimestre. En la misma comparación el núcleo industrial (que excluye la producción de Ancap, UPM, Montes del Plata y Pepsico) también mostró un incremento, aunque de menor magnitud que en el global”, planteó el Central. “En los indicadores de consumo se observan algunas señales positivas”. De acuerdo a datos preliminares, las importaciones de bienes de consumo sin automóviles en términos constantes aumentarían cerca de 4% desestacionalizado en el primer trimestre, mientras que las ventas de autos, presentan una cierta estabilidad en el promedio del trimestre desestacionalizado, aunque con una cierta aceleración sobre el final, indicó. Fuente: Publicado el 11/05/2023, en página web BCU.

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ECONOMÍA Y FINANZAS

INE: Informe: Unidad Previsional (UP), mayo 2023. Valores Publicados.

Valores de la Unidad Previsional (UP) para el período comprendido entre el 1º y 31 de mayo de 2023.
Creación de la nueva Unidad Previsional (UP) por la Ley Nº 19.608, de 13/04/ 2018. La UP variará
diariamente hasta “acumular la misma variación que haya acumulado el Índice Medio de Salarios Nominales” “durante el mes inmediato anterior”, de conformidad con determinada fórmula metodológica, la cual se explicita en el referido informe.
Publicado el 28/05/2023. Fuente: INE – Índice Medio de Salarios Nominal.

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CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

IASB: Actualización complementaria, mayo 2023.

Esta Actualización del IASB destaca las decisiones preliminares del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Los proyectos afectados porestas decisiones se pueden encontrar en el plan de trabajo. Las decisiones finales de IASB sobre las Normas de Contabilidad IFRS,las Modificaciones y las Interpretaciones IFRIC se votan formalmente como se establece en el Manual del debido proceso de la Fundación IFRS.
El IASB se reunió (en forma remota) el 3 de mayo de 2023 para discutir modificaciones de alcance limitado a la Sección 29 de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES ("Impuesto a las ganancias"), después de sus decisiones tentativas para finalizar las modificaciones a la NIC 12 Impuestos a las ganancias propuestas en el Proyecto de Norma Impuesto internacional Reforma-Reglas modelo del pilar dos (ver Actualización complementaria de IASB de abril de 2023).
El IASB tentativamente decidió proponer diversas modificaciones a la Norma NIIF para las PYMES, que se explicitan en el presente informe (las cuales se podrán considerar) y que fueron aprobadas por los 14 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones.
Fuente: Página web IFRS.

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ISSB: Consulta para mejorar la Aplicabilidad Internacional de las Normas SASB ahora abierta.

La Junta de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) busca comentarios sobre su metodología propuesta para mejorar la aplicabilidad internacional de las Normas SASB.
La consulta está abierta para comentarios, preferiblemente por encuesta en línea, hasta el miércoles 9 de agosto de 2023.Los comentarios sobre la metodología propuesta permitirán a ISSB realizar modificaciones específicas a las Normas SASB para asegurarse de que las referencias dentro de ellos sean aplicables internacionalmente.
El objetivo de ISSB es revisar las métricas dentro de las Normas SASB, con base en los resultados de la consulta, antes de que la NIIF S1 entre en vigencia en enero de 2024. En el contenido del documento se podrán ver y analizar los puntos considerados. Publicado el 11/05/2023. Fuente: Página web IFRS.

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RESOLUCIONES DGI

DGI: Resolución Nº 862/2023, de 11/05/2023. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS FISCALES POR IMPUESTOS PAGADOS EN EL EXTERIOR PARA ACREDITACIÓN AL IRAE.

Dicha Resolución establece en su artículo 1º que, a los efectos de acreditar el pago efectivo de impuestos en el exterior a que refiere el artículo 169 Bis del Decreto N° 150/007 de 26 de abril
de 2007, serán de aplicación las disposiciones de la Resolución N°1815/2013 de 26 de junio de 2013. Publicada D.O. de 12/05/2023. Fuente: Página web DGI.

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