Destacados de la semana

LEYES Y PROYECTOS LEY

Ley Nº 20.122, de 24/03/2023. Convenio internacional transporte sobre líneas de carga, 1966.

Se aprueba el Protocolo de 1988 relativo al “Convenio Internacional sobre Líneas de Carga”, 1966, adoptado en la Conferencia Internacional sobre el “Sistema Armonizado de Reconocimientos y Certificación” el 11 de noviembre de 1988, el cual entró en vigor el 3 de febrero de 2000, y

las Enmiendas 2003 y 2004 a dicho Protocolo adoptadas por sendas Resoluciones MSC.143 (77) y MSC.172 (79) entradas en vigor el 1º de enero de 2005 y el 1º de julio de 2006, respectivamente. Fuente: Página web Presidencia.

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Proyecto de Ley, de 28/03/2023. Enviado al Parlamento. Referido a la modificación de la Ley Nº 20.112, de 05/01/2023.

La Ley N° 20.112, de 05/01/2023, creó el Fondo de Reconversión de Industrias Lácteas (FRIL), con la finalidad de apoyar la transformación productiva de industrias de pequeño y mediano porte dedicadas al procesamiento primario de leche.
Se modifican de la ley: a) El literal a) del artículo 7º, relativo a los aportes por compensación de costos por impuestos indirectos; los referidos aportes no constituirán renta bruta para liquidar el IRAE; b) El artículo 2º. Se establece que en caso de que la administración del referido fondo se realice a través de un “fideicomiso de administración”, el mismo estará exonerado de toda obligación tributaria de carácter nacional, creada o a crearse. Fuente: Página web Presidencia.

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DECRETOS

Decreto Nº 118/023, de 13/04/2023. Reglamenta la Ley Nº 20.124, de 24/03/2023. Disposiciones tributarias.

En sede del IRPF:Se modifican del Decreto Nº 148/007: primer inciso del literal D), del artículo 56, (deducciones) y primer inciso del artículo 58 (liquidación-escala de deducciones); numeral 2, inciso 2º, artículo 63 (tasas sobre deducciones); artículo 77 bis (crédito fiscal arrendamientos de inmuebles);
Sustituye el artículo 1º, Decreto 20/023, de 23/01/2023, referido al límite que establece el artículo 78 Ter, Decreto Nº 148/007, estableciendo el valor correspondiente al Ej. 2023.

En sede del IASS: Se modifican del Decreto Nº 344/008 (en la redacción dada por Decreto Nº 419/016), el artículo 7 (escala de ingresos). Se establece, además, con carácter transitorio que, para las retenciones mensuales, el responsable aplicará la escala de ingresos del art. 7, vigente antes de la entrada en vigencia de estas modificaciones.

Monotributistas-Mides: Se establece que, a los efectos del art. 4º de la ley que se reglamenta, se “condonarán” las obligaciones devengadas hasta la fecha de su promulgación, para aquellos contribuyentes que “retomen actividades amparadas por el régimen previsto por la Ley Nº 18.874”. Fuente: Página web Presidencia.

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ECONOMÍA Y FINANZAS

INE: Boletín Técnico. Índice Medio de Salarios (IMS), febrero 2023.

El IMS de febrero 2023, registró un índice mensual= 433,38,una variación mensual de 0,30%, una variación acumulada en el año de 5,46% y en los últimos 12 meses de 10,67%.
En el gráfico I, se muestra un comparativo en % de las variaciones respecto a febrero 2022.
En el cuadro I, un comparativo de índices y variaciones respecto a febrero 2022. Publicado por INE el 31/03/2023. Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico. Valores de la UI, abril 2023.

Valores de la Unidad Indexada para el período comprendido entre el 6 de abril de 2023 y el 5 de mayo de 2023. Se muestran los valores diarios de dicho indicador en el período referenciado.
Publicado por INE el 03/04/2023. Fuente: Página web INE.

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CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

IASB: Actualización marzo 2023.

Esta Actualización del IASB destaca las decisiones preliminares del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Los proyectos afectados por estas decisiones se pueden encontrar en el plan de trabajo. Las decisiones finales de IASB sobre las Normas de Contabilidad IFRS las Modificaciones y las Interpretaciones IFRIC votan formalmente como se establece en el Manual del debido proceso de la Fundación IFRS.El IASB se reunió del 20 al 23 de marzo de 2023.
Fuente: Página web IFRS.

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IFRIC: Actualización marzo 2023.

La Actualización IFRIC es un resumen de las decisiones tomadas por el Comité de Interpretaciones de las NIIF (Comité) en sus reuniones públicas. Contenido considerado: I) Decisiones tentativas de la agenda del comité; II) Decisiones de la agenda para la consideración del IASB; III) Asuntos recomendados para las mejoras anuales del IASB; IV) Otros asuntos. Combinación de negocios. Información a revelar, plusvalía y deterioro. V) Garantía sobre un Contrato de Derivados (NIIF 9 Instrumentos Financieros) - Documento 3 de la Agenda. El Comité se reunió los días 14 y 15 de marzo de 2023. Fuente: Página web IFRS.

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ISSB: Actualización complementaria de abril de 2023.

El informe destaca las decisiones preliminares del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB). Los proyectos afectados por estas decisiones se pueden encontrar en el plan de trabajo. Las decisiones finales de ISSB sobre los Estándares de Divulgación de Sustentabilidad IFRS se votan formalmente como se establece en el Manual de Debido Proceso de la Fundación IFRS.

Contenido:

I) Investigación y establecimiento de normas.
II) Divulgaciones generales relacionadas con la sostenibilidad (Documento 3 de la agenda);
III) El ISSB también decidió tentativamente que si una entidad usa esta exención de transición:
a) Estaría obligado a revelar ese hecho.
b) Podría extender la exención de transición previamente acordada en la NIIF S1 relacionada con la revelación de información comparativa de modo que la entidad no estaría requerida a revelar información comparativa relacionada con su otra información financiera relacionada con la sustentabilidad en el primer año que revela esa información. El ISSB continuará con el proceso de votación y espera emitir los dos estándares hacia fines del segundo trimestre de 2023.El ISSB se reunió el 4 de abril de 2023. Fuente: Página web IFRS.

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KPMG-MONITOR SEMANAL

KPMG: Monitor Semanal Nº 1022, de 10/04/2023.

1)Los agravios del contribuyente en el marco de inspecciones tributarias.
En el marco del proceso inspectivo existen diversas posibles instancias para que el contribuyente inspeccionado realice descargos y formule agravios. Así, una vez finalizadas las actuaciones por parte de los inspectores actuantes y antes de que el jerarca del organismo dicte la resolución definitiva, debe darse vista previa al contribuyente de las actuaciones y conclusiones preliminares de aquellos, a fin de que se ejerza el derecho de defensa, pudiéndose realizar descargos, formular agravios y proponer medios de prueba .No obstante, el contribuyente también puede -durante el procedimiento

que llevan adelante los inspectores- presentar espontáneamente los escritos que entienda pertinentes, con el contenido ya señalado. Una vez finalizada esas actuaciones con el dictado de un acto definitivo del jerarca del organismo que determine obligaciones tributarias e imponga sanciones, el contribuyente puede impugnar dicha decisión con los recursos administrativos correspondientes dentro los plazos legales, lo cual habilita a una nueva posible instancia -también administrativa para realizar descargos, formular agravios y solicitar el diligenciamiento de medios de prueba en referencia al acto impugnado.
Tanto en las instancias de vistas como de recursos -esto es, en general en todo el procedimiento en vía administrativa- la formulación de agravios con su debida fundamentación constituye un derecho del contribuyente de ejercicio potestativo, esto es, constituye una facultad que le asiste y que puede ser conveniente ejercer, pero no supone una obligación a su respecto.
2) Constitución digital de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).
La SAS es una figura jurídica creada por la Ley Nº 19.820, del 18/09/2019. Tiene como característica importante poseer una gran flexibilidad en cuanto a su contenido y un régimen especial de responsabilidad para sus titulares. El trámite digital corresponde a la constitución y registro de una SAS, versión digital de acuerdo con el artículo 11 de la Ley Nº 19.820 y los artículos 1 y 2 del Decreto Nº 399/019, cuyos socios, administradores y representantes sean únicamente personas físicas. En esta versión del trámite en línea se podrá inscribir sociedades de hasta seis socios y agregar hasta tres administradores y representantes que podrán ser o no socios (en total nueve personas físicas), con régimen unipersonal o pluripersonal (no colegiado). En caso de administración pluripersonal, la representación podrá ser ejercida únicamente en forma indistinta o conjunta por todas las personas designadas. El proceso de constitución digital tiene como requisitos contar con usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica como proveedor de identidad como por ejemplo la cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula), identidad Mobile de Abitab o TuID de Antel.

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Fuente: KPMG - Departamento de Asesoramiento Legal y Tributario.

OLIVERA ABOGADOS

OLIVERA ABOGADOS: Newsletter, abril 2023.

Contenido: I) Ley Nº 20.117, de 22/03/2023. Publicada D.O. 30/03/2023. Uruguay aprueba la Convención sobre reconocimiento y ejecución de Sentencias Extranjeras en Materia Civil o Comercial. La Convención facilita la circulación internacional efectiva de sentencias en materia civil o comercial, estableciendo las condiciones para hacer posible su reconocimiento y ejecución en otro Estado. La Convención entrará en vigencia un año después de que Uruguay deposite el instrumento de ratificación ante el Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos. II) Se aprueban se amplían algunas deducciones al Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas(IRPF) y se aumenta el mínimo no imponible del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social(IASS). III) Se aprueban modificaciones a las Reglamentaciones del IRAE y del IVA con la finalidad de disminuir cargas tributarias en relación a pequeñas empresas. Normas citadas: Decreto Nº 65/023, Decreto Nº 66/023,DecretoNº 67/023, de 02/03/2023 y Decreto Nº 71/023, de 08/03/2023.

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Fuente: Olivera Abogados. Departamento de Asesoramiento Legal y Tributario.

BERGSTEIN ABOGADOS

Bergstein Abogados: Reporte Tributario-Contable Nº 52, abril 2023.

Normativa comentada:
I) Rentas pasivas del exterior: la DGI emite reglamentación. La Dirección General Impositiva acaba de dar a conocer la Resolución N° 488/2023, en virtud de la cual establece los términos y condiciones en las que la Administración Tributaria aplicará el Impuesto a la Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) sobre las rentas pasivas del exterior. Se analizan exhaustivamente los aspectos objetivos y reglamentarios considerados para su aplicación.
II)IRAE ficto sobre las rentas empresariales: nueva forma de cálculo. Decreto Nº 65/023, de 2 de marzo de 2023. Para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1º de enero de 2023, serán aplicables los nuevos porcentajes establecidos para determinar la renta neta. El reciente Decreto Nº 65/023 dispuso no solo la modificación del cuadro de porcentajes (para determinar el monto de la renta neta), sino tambiénla sustitución de la denominada “progresividad por clases” por una “progresividad por escalas”.
III) DGI recibirá información automática de varios organismos y empresas. Una reciente resolución de la Dirección General Impositiva, Nº 458/023,estableció la obligación de varias entidades de proporcionar cierta información en forma automática (esto es, sin necesidad de que la DGI envíe ningún pedido).
IV) Sector agropecuario: beneficios tributarios ante la escasez de lluvia. V) Jurisprudencia comentada y Consultas DGI.

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Fuente: Bergstein Abogados. Departamento Tributario-Contable.

COMUNICADOS BPS

BPS: Comunicado Nº 7/2023, abril 2023. Nueva tasa de aporte: cobertura BSE. Trabajo doméstico.

Sustituye Comunicado Nº 7/2022. se modifica la tasa correspondiente al aporte que se realiza al Banco de Seguros del Estado (BSE) por el Seguro de Accidentes de Trabajo y enfermedades profesionales.La nueva tasa se aplica a partir del 1 de marzo de 2023 sobre el monto imponible para
los tributos de seguridad social, relativas al trabajo doméstico. Los empleadores de trabajadores domésticos no deben realizar gestión alguna, ya que BPS calcula automáticamente los aportes e incluye el importeresultante en la factura de obligaciones mensuales.
Fuente: Página web BPS.

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