Apruébase el Código de Ética del Banco Central del Uruguay y déjase sin efecto la resolución D/485/2010 de fecha 29 de diciembre de 2010. Montevideo, 27 de diciembre de 2024.
Directorio: Visto: el Código de Ética del Banco Central del Uruguay.
Resultando: I) que el Código referido en el Visto fue aprobado por resolución D/485/2010 de 29 de diciembre de 2010 siendo posteriormente modificado por resolución D/143/2024 de 8 de mayo de 2024;
II) que por resolución D/143/2024 de 8 de mayo de 2024 se encomendó al Comité de Ética la revisión del Código de Ética y la formulación de una nueva propuesta, de corresponder.
Considerando: que, en virtud del análisis realizado por el Comité de Ética, corresponde actualizar el Código referido en el Visto a efectos de ajustar y actualizar el mismo conforme al funcionamiento actual de la Institución; teniendo presente las disposiciones de la norma UNIT 37.001.
Atento: a lo expuesto, a las resoluciones D/485/2010 de 29 de diciembre de 2010 y D/143/2024 de 8 de mayo de 2024, a lo informado por el Departamento Oficial de Cumplimiento el 19 de diciembre de 2024 y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2010-50-1-2504.
Resuelve:
1) Aprobar el Código de Ética del Banco Central del Uruguay, el que quedará redactado conforme al texto que obra de fojas 154 a 158 del expediente Nº 2010-50-1-2504.
2) Dejar sin efecto la resolución D/485/2010 de 29 de diciembre de 2010.
3) Notificar la presente resolución, teniendo presente lo dispuesto por el artículo 106 del Reglamento Administrativo (resolución D/390/2024 de 23 de diciembre de 2024).
(Sesión de hoy – Acta Nº 3746). (Expediente Nº 2010-50-1-2504).
En Anexo se adjunta el Código de Ética completo. Jorge Christy, secretario general. Resolución publicable. Fuente: Página web BCU.