Establece los criterios de aportación según corresponda:
- Titular sin opción al Seguro Nacional de Salud.
- Titular con opción al Seguro Nacional de Salud
Para ambos casos, establece el “régimen de aportación gradual”, según corresponda al: 25 % – Del mes 1 al mes 12; 50 % – Del mes 13 al mes 24; 75 % – Del mes 25 al mes 36; 100 % – Desde mes 37. En dicho comunicado, para ambos casos, se detallan los correspondientes importes mensuales. Son los “valores mínimos” para empresas “sin dependientes”. Tienen vigencia a partir del 1º de enero 2024.
Fuente: Página web BPS.