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Se establecieron los plazos para los titulares de servicios personales profesionales y no profesionales, con actividades fuera de la relación de dependencia durante el 2023, que deben presentar la declaración jurada Fonasa por el ejercicio 2023.
La presentación puede realizarse desde el 5/2/2024 y el plazo máximo para realizarlo sin multa, se determina según el último dígito del número de empresa, de acuerdo al siguiente detalle, en función de los dígitos.
Dígitos: 0, 1 y 2 – Vencimiento: 19/4/2024
Digitos: 3, 4 y 5 – Vencimiento: 26/4/2024
Dígitos: 6, 7, 8 y 9 – Vencimiento: 03/5/2024
Se recuerda que, de presentarse fuera de los plazos establecidos, corresponde la aplicación de una multa de 1 UR. Se debe tener en cuenta que son requisitos para realizar la presentación de la declaración contar con usuario personal BPS y que los titulares de las empresas constituyan domicilio electrónico ante BPS.
Fuente: Página web BPS