Reservas del Seguro Colectivo de Invalidez y Fallecimiento y del Seguro de Renta Vitalicia – Tablas de Mortalidad (Art. 33 y 35 de la Recopilación de Normas de Seguros y Reaseguros). Se pone en conocimiento de las empresas aseguradoras que las tablas de mortalidad que deberán utilizar en cumplimiento de lo dispuesto en los literales a. de los artículos 33 y 35 de la Recopilación de Normas de Seguros y Reaseguros, con vigencia a partir del 1º de enero de 2024, son las que se adjuntan a continuación. Asimismo, se adjunta a efectos informativos tablas de esperanza de vida que se corresponden con las anteriores. Publicada D.O. de 18/12/2023. Fuente: Página web BCU.