Ley N° 20.130, estableció una regulación específica habilitando la compatibilidad entre jubilación y la actividad remunerada. Se entendió que resulta necesario desarrollar las normas reglamentarias que permitan la aplicación de la normativa referida. El presente decreto consta de 18 artículos. Destacamos seguidamente las siguientes secciones normativas que reglamenta la presente temática: Sección I: Envejecimiento Activo. Sección II: Compatibilidad entre Pasividad y Actividad remunerada. Sección III: Retiro Parcial Flexible. El artículo 17 establece la vigencia normativa del presente decreto: que será a partir del 1º de agosto de 2023. Publicado D.O. de 01/08/2023. Fuente: Página web Presidencia.