Contribuyente que presenta Consulta Tributaria Vinculante respecto a “Proyecto de Inversión” con una “Actuación Inspectiva en curso”. Procedimiento. Consideraciones.
En el marco arco de la mencionada actuación inspectiva, los funcionarios le señalaron a la empresa su posición sobre un punto en particular relacionado a un Proyecto de Inversión (Ley N° 16.906 de 07/01/1998 y Decreto N° 268/020 de 30/09/2020), con el cual no está de acuerdo. Ante la existencia de una actuación inspectiva en trámite en la que se analiza la situación descripta por el contribuyente en la consulta, esta Comisión de Consultas considera que corresponde estar a las resultancias de la referida actuación, en el entendido de que la misma finalizará con el dictado de un acto definitivo, que contendrá la posición de esta Administración sobre el punto planteado. El proceso administrativo en que se encuentra comprendida la actuación inspectiva implicará el eventual “otorgamiento de una vista” y, será en ese momento en que el compareciente podrá plantear sus descargos y su opinión sobre la interpretación de las normas y lo demás que entienda conveniente. Publicación web 30.06.2023. Fuente: Página web DGI.