Considerando los artículos 485 y 487 de la Ley N° 20.075, de 20/10/2022, y visto que las normas referidas dispusieron modificaciones en las tasas aplicables a los efectos de la liquidación del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y del Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR), dispuestas por los artículos 26 del Título 7 y 14 del Título 8, ambos del TO.96; se consideró necesario dictar un decreto que contenga disposiciones reglamentarias complementarias para la aplicación de las referidas modificaciones. Publicado D.O. de 17/07/2023. Fuente: Página web Presidencia.