Está disponible para los contribuyentes que cumplan todas de las siguientes condiciones:
a) sean personas físicas; b) contribuyentes de NO CEDE; c) incluidos en régimen de facturación electrónica; d) tengan menos de 30 reportes diarios de facturación electrónica; e) tributan exclusivamente bajo régimen de “IVA servicios personales” (IVA SP), por prestar servicios personales fuera de la relación de dependencia, sean estos profesionales o no.
Se accede a través de “Servicios en línea”, en la opción “Con Identidades Digitales”, optando por la Identidad Digital que se disponga (Usuario gub.uy, Identidad Mobile – Abitab, TuID- Antel o Cédula de Identidad Digital). Fuente: Página web DGI