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En concordancia con los artículos 485 y 487 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, se modifican las respectivas normas reglamentarias. Respecto al Decreto Nº 148/007 (IRPF), se sustituye el artículo 33 (literales A y B) que determinan las “alícuotas del impuesto”. Determina las nuevas tasas aplicables. También se sustituye el artículo 22 (literales A y B) del Decreto Nº 149/007 (IRNR); determinando las nuevas tasas que se aplicarán en forma proporcional, de acuerdo al detalle que se especifica. Publicado D.O. de 28/03/2023. Fuente: Página web Presidencia.