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Esta ley modifica la integración y cometidos del directorio y la mesa ejecutiva de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana (UAM) en Uruguay. La ley sustituye artículos clave de la Ley N° 18.832, de 2011, para redefinir las responsabilidades del Directorio de la UAM, incluyendo la definición de lineamientos estratégicos, la autorización de nuevos rubros de actividad, la designación de comisiones de trabajo, y la coordinación con otras organizaciones del Estado. También se detalla el proceso para la designación y remoción de miembros del Directorio, y se establece que el Gerente General será seleccionado mediante llamado público.

Asimismo, la ley redefine la composición de la Mesa Ejecutiva, que estará integrada por cuatro miembros, incluyendo al presidente y al secretario general del Directorio. La Mesa Ejecutiva tiene como responsabilidades ejecutar las decisiones del Directorio, fijar viáticos, y adoptar medidas de urgencia cuando sea necesario. Las decisiones tanto del Directorio como de la Mesa Ejecutiva se tomarán por mayoría de votos, con el presidente teniendo voto doble en caso de empate.

Esta ley es parte de los esfuerzos para mejorar la gestión y la operatividad de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana (UAM), adaptando su estructura de gobernanza a las necesidades actuales. Fuente: IMPO.