Site Loader

Visto: lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto del Poder Ejecutivo N° 134/021, de 4 de mayo de 2021;
Resultando: I) que el artículo indicado en el Visto aprobó la “Agenda Uruguay Digital 2025” y encomendó a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) el monitoreo, evaluación de avances y resultados, y su revisión de medio término.
Asimismo, encomendó al Consejo Directivo Honorario de AGESIC, en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 76 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, a modificar la integración del Consejo para la Sociedad de la Información en concordancia con los nuevos compromisos asumidos.

Se aprueba la revisión intermedia de la “Agenda Uruguay Digital 2025’’ que se agrega como Anexo y se considera parte integrante de este Decreto (Artículo 1).

Se encomienda a los responsables de los compromisos a avanzar en el cumplimiento de las metas aprobadas en las condiciones establecidas en la revisión de la Agenda individualizada en el artículo primero (Artículo 2). Fuente: Página web Presidencia.