8.2. - Decretos
8.2.1. Decreto N° 228/024. Subsidio de intereses y garantías de préstamos para colonos. Promulgado: 16/08/2024. D.O. 22/08/2024.
Modifícase el Decreto 298/022 de fecha 15 de setiembre de 2022, reglamentario del art. 310 de la Ley 19.996 de fecha 3 de noviembre de 2021, que facultó al Instituto Nacional de Colonización a subsidiar los intereses de préstamos de proyectos que presenten los colonos ante entidades de financiamiento, y a garantizar los créditos solicitados por los colonos ante las entidades de financiamiento, cuando éstas lo requieran.
Considerando: que se padeció error al establecer la fuente de financiamiento
Sustitúyase el artículo 3° del Decreto N° 298/022, de 15 de setiembre de 2022, por el siguiente:
"Artículo 3°) El Ministerio de Economía y Finanzas, previa autorización del Instituto Nacional de Colonización, transferirá al Banco de la República Oriental del Uruguay, con cargo a las obligaciones afectada a dicho Instituto, del Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones", de la Fuente de Financiamiento 1.2 "Recursos con Afectación Especial" afectada a dicho Instituto, los montos que se indican con los siguientes destinos:
A) la suma de hasta UI 12.044.653 que serán destinadas exclusivamente a subsidiar los intereses de los préstamos referidos en el artículo 1° del presente Decreto.
B) la suma de hasta UI 37.639.541 destinadas exclusivamente a garantizar los préstamos referidos en el artículo 2° del presente Decreto.
El Poder Ejecutivo podrá autorizar, a iniciativa del Instituto Nacional de Colonización, con cargo a las partidas presupuestales afectadas a dicho Instituto, de cualquier fuente de financiamiento, transferencias complementarias al Banco de la República Oriental del Uruguay hasta alcanzar la suma total de UI 225.000.000 destino referido en los artículos 1° y 2° precedentes."
Fuente: IMPO.